lunes, 14 de febrero de 2011

'La guerra del México de arriba', texto del Sub Marcos a Luis Villoro

LA GUERRA DEL MÉXICO DE ARRIBA.
“Yo daría la bienvenida casi a cualquier guerra
porque creo que este país necesita una”.
Theodore Roosevelt.
Y ahora nuestra realidad nacional es invadida por la guerra. Una guerra que no sólo ya no es lejana para quienes acostumbraban verla en geografías o calendarios distantes, sino que empieza a gobernar las decisiones e indecisiones de quienes pensaron que los conflictos bélicos estaban sólo en noticieros y películas de lugares tan lejanos como… Irak, Afganistán,… Chiapas.
Y en todo México, gracias al patrocinio de Felipe Calderón Hinojosa, no tenemos que recurrir a la geografía del Medio Oriente para reflexionar críticamente sobre la guerra. Ya no es necesario remontar el calendario hasta Vietnam, Playa Girón, siempre Palestina.
Y no menciono a Chiapas y la guerra contra las comunidades indígenas zapatistas, porque ya se sabe que no están de moda, (para eso el gobierno del estado de Chiapas se ha gastado bastante dinero en conseguir que los medios no lo pongan en el horizonte de la guerra, sino de los “avances” en la producción de biodiesel, el “buen” trato a los migrantes, los “éxitos” agrícolas y otros cuentos engañabobos vendidos a consejos de redacción que firman como propios los boletines gubernamentales pobres en redacción y argumentos).
La irrupción de la guerra en la vida cotidiana del México actual no viene de una insurrección, ni de movimientos independentistas o revolucionarios que se disputen su reedición en el calendario 100 o 200 años después. Viene, como todas las guerras de conquista, desde arriba, desde el Poder.
Y esta guerra tiene en Felipe Calderón Hinojosa su iniciador y promotor institucional (y ahora vergonzante).
Quien se posesionó de la titularidad del ejecutivo federal por la vía del facto, no se contentó con el respaldo mediático y tuvo que recurrir a algo más para distraer la atención y evadir el masivo cuestionamiento a su legitimidad: la guerra.
Cuando Felipe Calderón Hinojosa hizo suya la proclama de Theodore Roosevelt (algunos adjudican la sentencia a Henry Cabot Lodge) de “este país necesita una guerra”, recibió la desconfianza medrosa de los empresarios mexicanos, la entusiasta aprobación de los altos mandos militares y el aplauso nutrido de quien realmente manda: el capital extranjero.
La crítica de esta catástrofe nacional llamada “guerra contra el crimen organizado” debiera completarse con un análisis profundo de sus alentadores económicos. No sólo me refiero al antiguo axioma de que en épocas de crisis y de guerra aumenta el consumo suntuario. Tampoco sólo a los sobresueldos que reciben los militares (en Chiapas, los altos mandos militares recibían, o reciben, un salario extra del 130% por estar en “zona de guerra”). También habría que buscar en las patentes, proveedores y créditos internacionales que no están en la llamada “Iniciativa Mérida”.
Si la guerra de Felipe Calderón Hinojosa (aunque se ha tratado, en vano, de endosársela a todos los mexicanos) es un negocio (que lo es), falta responder a las preguntas de para quién o quiénes es negocio, y qué cifra monetaria alcanza.
Algunas estimaciones económicas.
No es poco lo que está en juego:
(nota: las cantidades detalladas no son exactas debido a que no hay claridad en los datos gubernamentales oficiales. por lo que en algunos casos se recurrió a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación y se completó con datos de las dependencias e información periodística seria).
En los primeros 4 años de la “guerra contra el crimen organizado” (2007-2010), las principales entidades gubernamentales encargadas (Secretaría de la Defensa Nacional –es decir: ejército y fuerza aérea-, Secretaría de Marina, Procuraduría General de la República y Secretaría de Seguridad Pública) recibieron del Presupuesto de Egresos de la Federación una cantidad superior a los 366 mil millones de pesos (unos 30 mil millones de dólares al tipo de cambio actual). Las 4 dependencias gubernamentales federales recibieron: en 2007 más de 71 mil millones de pesos; en 2008 más de 80 mil millones; en 2009 más de 113 mil millones y en 2010 fueron más de 102 mil millones de pesos. A esto habrá que sumar los más de 121 mil millones de pesos (unos 10 mil millones de dólares) que recibirán en este año del 2011.
Tan sólo la Secretaría de Seguridad Pública pasó de recibir unos 13 mil millones de pesos de presupuesto en el 2007, a manejar uno de más de 35 mil millones de pesos en el 2011 (tal vez es porque las producciones cinematográficas son más costosas).
De acuerdo al Tercer Informe de Gobierno de septiembre del 2009, al mes de junio de ese año, las fuerzas armadas federales contaban con 254, 705 elementos (202, 355 del Ejército y Fuerza Aérea y 52, 350 de la Armada.
En 2009 el presupuesto para la Defensa Nacional fue de 43 mil 623 millones 321 mil 860 pesos, a los que sumaron 8 mil 762 millones 315 mil 960 pesos (el 25.14% más), en total: más de 52 mil millones de pesos para el Ejército y Fuerza Aérea. La Secretaría de Marina: más de 16 mil millones de pesos: Seguridad Pública: casi 33 mil millones de pesos; y Procuraduría General de la República: más de 12 mil millones de pesos.
Total de presupuesto para la “guerra contra el crimen organizado” en 2009: más de 113 mil millones de pesos
En el año del 2010, un soldado federal raso ganaba unos 46, 380 pesos anuales; un general divisionario recibía 1 millón 603 mil 80 pesos al año, y el Secretario de la Defensa Nacional percibía ingresos anuales por 1 millón 859 mil 712 pesos.
Si las matemáticas no me fallan, con el presupuesto bélico total del 2009 (113 mil millones de pesos para las 4 dependencias) se hubieran podido pagar los salarios anuales de 2 millones y medio de soldados rasos; o de 70 mil 500 generales de división; o de 60 mil 700 titulares de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Pero, por supuesto, no todo lo que se presupuesta va a sueldos y prestaciones. Se necesitan armas, equipos, balas… porque las que se tienen ya no sirven o son obsoletas.
“Si el Ejército mexicano entrara en combate con sus poco más de 150 mil armas y sus 331.3 millones de cartuchos contra algún enemigo interno o externo, su poder de fuego sólo alcanzaría en promedio para 12 días de combate continuo, señalan estimaciones del Estado Mayor de la Defensa Nacional (Emaden) elaboradas por cada una de las armas al Ejército y Fuerza Aérea. Según las previsiones, el fuego de artillería de obuseros (cañones) de 105 milímetros alcanzaría, por ejemplo, para combatir sólo por 5.5 días disparando de manera continua las 15 granadas para dicha arma. Las unidades blindadas, según el análisis, tienen 2 mil 662 granadas 75 milímetros.
De entrar en combate, las tropas blindadas gastarían todos sus cartuchos en nueve días. En cuanto a la Fuerza Aérea, se señala que existen poco más de 1.7 millones de cartuchos calibre 7.62 mm que son empleados por los aviones PC-7 y PC-9, y por los helicópteros Bell 212 y MD-530. En una conflagración, esos 1.7 millones de cartuchos se agotarían en cinco días de fuego aéreo, según los cálculos de la Sedena. La dependencia advierte que los 594 equipos de visión nocturna y los 3 mil 95 GPS usados por las Fuerza Especiales para combatir a los cárteles de la droga, “ya cumplieron su tiempo de servicio”.
Las carencias y el desgaste en las filas del Ejército y Fuerza Aérea son patentes y alcanzan niveles inimaginados en prácticamente todas las áreas operativas de la institución. El análisis de la Defensa Nacional señala que los goggles de visión nocturna y los GPS tienen entre cinco y 13 años de antigüedad, y “ya cumplieron su tiempo de servicio”. Lo mismo ocurre con los “150 mil 392 cascos antifragmento” que usan las tropas. El 70% cumplió su vida útil en 2008, y los 41 mil 160 chalecos antibala lo harán en 2009. (…).
En este panorama, la Fuerza Aérea resulta el sector más golpeado por el atraso y dependencia tecnológicos hacia el extranjero, en especial de Estados Unidos e Israel. Según la Sedena, los depósitos de armas de la Fuerza Aérea tienen 753 bombas de 250 a mil libras cada una. Los aviones F-5 y PC-7 Pilatus usan esas armas. Las 753 existentes alcanzan para combatir aire-tierra por un día. Las 87 mil 740 granadas calibre 20 milímetros para jets F-5 alcanzan para combatir a enemigos externos o internos por seis días. Finalmente, la Sedena revela que los misiles aire-aire para los aviones F-5, es de sólo 45 piezas, lo cual representan únicamente un día de fuego aéreo.” Jorge Alejandro Medellín en “El Universal”, México, 02 de enero de 2009.
Esto se conoce en 2009, 2 años después del inicio de la llamada “guerra” del gobierno federal. Dejemos de lado la pregunta obvia de cómo fue posible que el jefe supremo de las fuerzas armadas, Felipe Calderón Hinojosa, se lanzara a una guerra (“de largo aliento” dice él) sin tener las condiciones materiales mínimas para mantenerla, ya no digamos para “ganarla”. Entonces preguntémonos: ¿Qué industrias bélicas se van a beneficiar con las compras de armamento, equipos y parque?
Si el principal promotor de esta guerra es el imperio de las barras y las turbias estrellas (haciendo cuentas, en realidad las únicas felicitaciones que ha recibido Felipe Calderón Hinojosa han venido del gobierno norteamericano), no hay que perder de vista que al norte del Río Bravo no se otorgan ayudas, sino que se hacen inversiones, es decir, negocios.
Victorias y derrotas.*
¿Ganan los Estados Unidos con esta guerra “local”? La respuesta es: sí. Dejando de lado las ganancias económicas y la inversión monetaria en armas, parque y equipos (no olvidemos que USA es el principal proveedor de todo esto a los dos bandos contendientes: autoridades y “delincuentes” -la “guerra contra la delincuencia organizada” es un negocio redondo para la industria militar norteamericana-), está, como resultado de esta guerra, una destrucción / despoblamiento y reconstrucción / reordenamiento geopolítico que los favorece.
Esta guerra (que está perdida para el gobierno desde que se concibió, no como una solución a un problema de inseguridad, sino a un problema de legitimidad cuestionada), está destruyendo el último reducto que le queda a una Nación: el tejido social.
¿Qué mejor guerra para los Estados Unidos que una que le otorgue ganancias, territorio y control político y militar sin las incómodas “body bags” y los lisiados de guerra que le llegaron, antes, de Vietnam y ahora de Irak y Afganistán?
Las revelaciones de Wikileaks sobre las opiniones en el alto mando norteamericano acerca de las “deficiencias” del aparato represivo mexicano (su ineficacia y su contubernio con la delincuencia), no son nuevas. No sólo en el común de la gente, sino en altas esferas del gobierno y del Poder en México esto es una certeza. La broma de que es una guerra dispareja porque el crimen organizado sí está organizado y el gobierno mexicano está desorganizado, es una lúgubre verdad.
El 11 de diciembre del 2006, se inició formalmente esta guerra con el entonces llamado “Operativo Conjunto Michoacán”. 7 mil elementos del ejército, la marina y las policías federales lanzaron una ofensiva (conocida popularmente como “el michoacanazo”) que, pasada la euforia mediática de esos días, resultó ser un fracaso. El mando militar fue el general Manuel García Ruiz y el responsable del operativo fue Gerardo Garay Cadena de la Secretaría de Seguridad Pública. Hoy, y desde diciembre del 2008, Gerardo Garay Cadena está preso en el penal de máxima seguridad de Tepic, Nayarit, acusado de coludirse con “el Chapo” Guzmán Loera.
Y, a cada paso que se da en esta guerra, para el gobierno federal es más difícil explicar dónde está el enemigo a vencer.
Jorge Alejandro Medellín es un periodista que colabora con varios medios informativos -la revista “Contralínea”, el semanario “Acentoveintiuno”, y el portal de noticias “Eje Central”, entre otros -y se ha especializado en los temas de militarismo, fuerzas armadas, seguridad nacional y narcotráfico. En octubre del 2010 recibió amenazas de muerte por un artículo donde señaló posibles ligas del narcotráfico con el general Felipe de Jesús Espitia, ex comandante de la V Zona Militar y ex jefe de la Sección Séptima -Operaciones Contra el Narcotráfico- en el gobierno de Vicente Fox, y responsable del Museo del Enervante ubicado en las oficinas de la S-7. El general Espitia fue removido como comandante de la V Zona Militar ante el estrepitoso fracaso de los operativos ordenados por él en Ciudad Juárez y por la pobre respuesta que dio a las masacres cometidas en la ciudad fronteriza.
Pero el fracaso de la guerra federal contra la “delincuencia organizada”, la joya de la corona del gobierno de Felipe Calderón Hinojosa, no es un destino a lamentar para el Poder en USA: es la meta a conseguir.
Por más que se esfuercen los medios masivos de comunicación en presentar como rotundas victorias de la legalidad, las escaramuzas que todos los días se dan en el territorio nacional, no logran convencer.
Y no sólo porque los medios masivos de comunicación han sido rebasados por las formas de intercambio de información de gran parte de la población (no sólo, pero también las redes sociales y la telefonía celular), también, y sobre todo, porque el tono de la propaganda gubernamental ha pasado del intento de engaño al intento de burla (desde el “aunque no lo parezca vamos ganando” hasta lo de “una minoría ridícula”, pasando por las bravatas de cantina del funcionario en turno).
Sobre esta otra derrota de la prensa, escrita y de radio y televisión, volveré en otra misiva. Por ahora, y respecto al tema que ahora nos ocupa, basta recordar que el “no pasa nada en Tamaulipas” que era pregonado por las noticias (marcadamente de radio y televisión), fue derrotado por los videos tomados por ciudadanos con celulares y cámaras portátiles y compartidos por internet.
Pero volvamos a la guerra que, según Felipe Calderón Hinojosa, nunca dijo que es una guerra. ¿No lo dijo, no lo es?
“Veamos si es guerra o no es guerra: el 5 de diciembre de 2006, Felipe Calderón dijo: “Trabajamos para ganar la guerra a la delincuencia…”. El 20 de diciembre de 2007, durante un desayuno con personal naval, el señor Calderón utilizó hasta en cuatro ocasiones en un sólo discurso, el término guerra. Dijo: “La sociedad reconoce de manera especial el importante papel de nuestros marinos en la guerra que mi Gobierno encabeza contra la inseguridad…”, “La lealtad y la eficacia de las Fuerzas Armadas, son una de las más poderosas armas en la guerra que libramos contra ella…”, “Al iniciar esta guerra frontal contra la delincuencia señalé que esta sería una lucha de largo aliento”, “…así son, precisamente, las guerras…”.
Pero aún hay más: el 12 de septiembre de 2008, durante la Ceremonia de Clausura y Apertura de Cursos del Sistema Educativo Militar, el autollamado “Presidente del empleo”, se dio vuelo pronunciando hasta en media docena de ocasiones, el término guerra contra el crimen: “Hoy nuestro país libra una guerra muy distinta a la que afrontaron los insurgentes en el 1810, una guerra distinta a la que afrontaron los cadetes del Colegio Militar hace 161 años…” “…todos los mexicanos de nuestra generación tenemos el deber de declarar la guerra a los enemigos de México… Por eso, en esta guerra contra la delincuencia…” “Es imprescindible que todos los que nos sumamos a ese frente común pasemos de la palabra a los hechos y que declaremos, verdaderamente, la guerra a los enemigos de México…” “Estoy convencido que esta guerra la vamos a ganar…” (Alberto Vieyra Gómez. Agencia Mexicana de Noticias, 27 de enero del 2011).
Al contradecirse, aprovechando el calendario, Felipe Calderón Hinojosa no se enmienda la plana ni se corrige conceptualmente. No, lo que ocurre es que las guerras se ganan o se pierden (en este caso, se pierden) y el gobierno federal no quiere reconocer que el punto principal de su gestión ha fracasado militar y políticamente.
¿Guerra sin fin? La diferencia entre la realidad… y los videojuegos.
Frente al fracaso innegable de su política guerrerista, ¿Felipe Calderón Hinojosa va a cambiar de estrategia?
La respuesta es NO. Y no sólo porque la guerra de arriba es un negocio y, como cualquier negocio, se mantiene mientras siga produciendo ganancias.
Felipe Calderón Hinojosa, el comandante en jefe de las fuerzas armadas; el ferviente admirador de José María Aznar; el autodenominado “hijo desobediente”; el amigo de Antonio Solá; el “ganador” de la presidencia por medio punto porcentual de la votación emitida gracias a la alquimia de Elba Esther Gordillo; el de los desplantes autoritarios más bien cercanos al berrinche (“o bajan o mando por ustedes”); el que quiere tapar con más sangre la de los niños asesinados en la Guardería ABC, en Hermosillo, Sonora; el que ha acompañado su guerra militar con una guerra contra el trabajo digno y el salario justo; el del calculado autismo frente a los asesinatos de Marisela Escobedo y Susana Chávez Castillo; el que reparte etiquetas mortuorias de “miembros del crimen organizado” a los niños y niñas, hombres y mujeres que fueron y son asesinados porque sí, porque les tocó estar en el calendario y la geografía equivocados, y no alcanzan siquiera el ser nombrados porque nadie les lleva la cuenta ni en la prensa, ni en las redes sociales.
Él, Felipe Calderón Hinojosa, es también un fan de los videojuegos de estrategia militar.
Felipe Calderón Hinojosa es el “gamer” “que en cuatro años convirtió un país en una versión mundana de The Age of Empire -su videojuego preferido-, (…) un amante -y mal estratega- de la guerra” (Diego Osorno en “Milenio Diario”, 3 de octubre del 2010).
Es él que nos lleva a preguntar: ¿está México siendo gobernado al estilo de un videojuego? (creo que yo sí puedo hacer este tipo de preguntas comprometedoras sin riesgo a que me despidan por faltar a un “código de ética” que se rige por la publicidad pagada).
Felipe Calderón Hinojosa no se detendrá. Y no sólo porque las fuerzas armadas no se lo permitirían (los negocios son negocios), también por la obstinación que ha caracterizado la vida política del “comandante en jefe” de las fuerzas armadas mexicanas.
Hagamos un poco de memoria: En marzo del 2001, cuando Felipe Calderón Hinojosa era el coordinador parlamentario de los diputados federales de Acción Nacional, se dio aquel lamentable espectáculo del Partido Acción Nacional cuando se negó a que una delegación indígena conjunta del Congreso Nacional Indígena y del EZLN hicieran uso de la tribuna del Congreso de la Unión en ocasión de la llamada “marcha del color de la tierra”.
A pesar de que se estaba mostrando al PAN como una organización política racista e intolerante (y lo es) por negar a los indígenas el derecho a ser escuchados, Felipe Calderón Hinojosa se mantuvo en su negativa. Todo le decía que era un error asumir esa posición, pero el entonces coordinador de los diputados panistas no cedió (y terminó escondido, junto con Diego Fernández de Cevallos y otros ilustres panistas, en uno de los salones privados de la cámara, viendo por televisión a los indígenas hacer uso de la palabra en un espacio que la clase política reserva para sus sainetes).
“Sin importar los costos políticos”, habría dicho entonces Felipe Calderón Hinojosa.
Ahora dice lo mismo, aunque hoy no se trata de los costos políticos que asuma un partido político, sino de los costos humanos que paga el país entero por esa tozudez.
Estando ya por terminar esta misiva, encontré las declaraciones de la secretaria de seguridad interior de Estados Unidos, Janet Napolitano, especulando sobre las posibles alianzas entre Al Qaeda y los cárteles mexicanos de la droga. Un día antes, el subsecretario del Ejército de Estados Unidos, Joseph Westphal, declaró que en México hay una forma de insurgencia encabezada por los cárteles de la droga que potencialmente podrían tomar el gobierno, lo cual implicaría una respuesta militar estadunidense. Agregó que no deseaba ver una situación en donde soldados estadunidenses fueran enviados a combatir una insurgencia “sobre nuestra frontera… o tener que enviarlos a cruzar esa frontera hacia México.
Mientras tanto, Felipe Calderón Hinojosa, asistía a un simulacro de rescate en un pueblo de utilería, en Chihuahua, y se subió a un avión de combate F-5, se sentó en el asiento del piloto y bromeó con un “disparen misiles”.
¿De los videojuegos de estrategia a los “simuladores de combate aéreo” y “disparos en primera persona”? ¿Del Age of Empires al HAWX?
El HAWX es un videojuego de combate aéreo donde, en un futuro cercano, las empresas militares privadas (“Private military company”) han reemplazado a los ejércitos gubernamentales en varios países. La primera misión del videojuego consiste en bombardear Ciudad Juárez, Chihuahua, México, porque las “fuerzas rebeldes” se han apoderado de la plaza y amenazan con avanzar a territorio norteamericano-.
No en el videojuego, sino en Irak, una de las empresas militares privadas contratadas por el Departamento de Estado norteamericano y la Agencia Central de Inteligencia fue “Blackwater USA”, que después cambió su nombre a “Blackwater Worldwide”. Su personal cometió serios abusos en Irak, incluyendo el asesinato de civiles. Ahora cambió su nombre a “Xe Services LL” y es el más grande contratista de seguridad privada del Departamento de Estado norteamericano. Al menos el 90% de sus ganancias provienen de contratos con el gobierno de Estados Unidos.
El mismo día en el que Felipe Calderón Hinojosa bromeaba en el avión de combate (10 de febrero de 2011), y en el estado de Chihuahua, una niña de 8 años murió al ser alcanzada por una bala en un tiroteo entre personas armadas y miembros del ejército.
¿Cuándo va a terminar esa guerra?
¿Cuándo aparecerá en la pantalla del gobierno federal el “game over” del fin del juego, seguido de los créditos de los productores y patrocinadores de la guerra?
¿Cuándo va poder decir Felipe Calderón “ganamos la guerra, hemos impuesto nuestra voluntad al enemigo, le hemos destruido su capacidad material y moral de combate, hemos (re) conquistado los territorios que estaban en su poder”?
Desde que fue concebida, esa guerra no tiene final y también está perdida.
No habrá un vencedor mexicano en estas tierras (a diferencia del gobierno, el Poder extranjero sí tiene un plan para reconstruir – reordenar el territorio), y el derrotado será el último rincón del agónico Estado Nacional en México: las relaciones sociales que, dando identidad común, son la base de una Nación.
Aún antes del supuesto final, el tejido social estará roto por completo.
Resultados: la Guerra arriba y la muerte abajo.
Veamos que informa el Secretario de Gobernación federal sobre la “no guerra” de Felipe Calderón Hinojosa:
“El 2010 fue el año más violento del sexenio al acumularse 15 mil 273 homicidios vinculados al crimen organizado, 58% más que los 9 mil 614 registrados durante el 2009, de acuerdo con la estadística difundida este miércoles por el Gobierno Federal. De diciembre de 2006 al final de 2010 se contabilizaron 34 mil 612 crímenes, de las cuales 30 mil 913 son casos señalados como “ejecuciones”; tres mil 153 son denominados como “enfrentamientos” y 544 están en el apartado “homicidios-agresiones”. Alejandro Poiré, secretario técnico del Consejo de Seguridad Nacional, presentó una base de datos oficial elaborada por expertos que mostrará a partir de ahora “información desagregada mensual, a nivel estatal y municipal” sobre la violencia en todo el país.” (Periódico “Vanguardia”, Coahuila, México, 13 de enero del 2011)
Preguntemos: De esos 34 mil 612 asesinados, ¿cuántos eran delincuentes? Y los más de mil niños y niñas asesinados (que el Secretario de Gobernación “olvidó” desglosar en su cuenta), ¿también eran “sicarios” del crimen organizado? Cuando en el gobierno federal se proclama que “vamos ganando”, ¿a qué cartel de la droga se refieren? ¿Cuántas decenas de miles más forman parte de esa “ridícula minoría” que es el enemigo a vencer?
Mientras allá arriba tratan inútilmente de desdramatizar en estadísticas los crímenes que su guerra ha provocado, es preciso señalar que también se está destruyendo el tejido social en casi todo el territorio nacional.
La identidad colectiva de la Nación está siendo destruida y está siendo suplantada por otra.
Porque “una identidad colectiva no es más que una imagen que un pueblo se forja de sí mismo para reconocerse como perteneciente a ese pueblo. Identidad colectiva es aquellos rasgos en que un individuo se reconoce como perteneciente a una comunidad. Y la comunidad acepta este individuo como parte de ella. Esta imagen que el pueblo se forja no es necesariamente la perduración de una imagen tradicional heredada, sino que generalmente se la forja el individuo en tanto pertenece a una cultura, para hacer consistente su pasado y su vida actual con los proyectos que tiene para esa comunidad.
Entonces, la identidad no es un simple legado que se hereda, sino que es una imagen que se construye, que cada pueblo se crea, y por lo tanto es variable y cambiante según las circunstancias históricas”. (Luis Villoro, noviembre de 1999, entrevista con Bertold Bernreuter, Aachen, Alemania).
En la identidad colectiva de buena parte del territorio nacional no está, como se nos quiere hacer creer, la disputa entre el lábaro patrio y el narco-corrido (si no se apoya al gobierno entonces se apoya a la delincuencia, y viceversa).
No.
Lo que hay es una imposición, por la fuerza de las armas, del miedo como imagen colectiva, de la incertidumbre y la vulnerabilidad como espejos en los que esos colectivos se reflejan.
¿Qué relaciones sociales se pueden mantener o tejer si el miedo es la imagen dominante con la cual se puede identificar un grupo social, si el sentido de comunidad se rompe al grito de “sálvese quien pueda”?
De esta guerra no sólo van a resultar miles de muertos… y jugosas ganancias económicas.
También, y sobre todo, va a resultar una nación destruida, despoblada, rota irremediablemente.
(…)
Vale, Don Luis. Salud y que la reflexión crítica anime nuevos pasos.
Desde las montañas del Sureste Mexicano.
 
Subcomandante Insurgente Marcos.
México, Enero-Febrero del 2011

SOBRE LAS GUERRAS. Segunda parte de la carta primera del SupMarcos a Don Luis Villoro, en el inicio de un intercambio epistolar sobre Ética y Política.

Enero-Febrero del 2011. Parte 2 de las 4 que conforman la carta primera, misma que aparecerá completa en el próximo número de la Revista Rebeldía.

martes, 1 de febrero de 2011

¿Por qué el socialismo?

Este artículo de Albert Einstein es en verdad bueno y vale la pena leerlo.

A. Einstein


¿Por qué socialismo?



Primera Edición: En Monthly Review, Nueva York, mayo de 1949.
Digitalización y Fuente: Unión de Juventudes Socialistas de Puerto Rico.
Esta Edición: Marxists Internet Archive, 2000.



¿Debe quién no es un experto en cuestiones económicas y sociales opinar sobre el socialismo? Por una serie de razones creo que si.
Permítasenos primero considerar la cuestión desde el punto de vista del conocimiento científico. Puede parecer que no hay diferencias metodológicas esenciales entre la astronomía y la economía: los científicos en ambos campos procuran descubrir leyes de aceptabilidad general para un grupo circunscrito de fenómenos para hacer la interconexión de estos fenómenos tan claramente comprensible como sea posible. Pero en realidad estas diferencias metodológicas existen. El descubrimiento de leyes generales en el campo de la economía es difícil por que la observación de fenómenos económicos es afectada a menudo por muchos factores que son difícilmente evaluables por separado. Además, la experiencia que se ha acumulado desde el principio del llamado período civilizado de la historia humana --como es bien sabido-- ha sido influida y limitada en gran parte por causas que no son de ninguna manera exclusivamente económicas en su origen. Por ejemplo, la mayoría de los grandes estados de la historia debieron su existencia a la conquista. Los pueblos conquistadores se establecieron, legal y económicamente, como la clase privilegiada del país conquistado. Se aseguraron para sí mismos el monopolio de la propiedad de la tierra y designaron un sacerdocio de entre sus propias filas. Los sacerdotes, con el control de la educación, hicieron de la división de la sociedad en clases una institución permanente y crearon un sistema de valores por el cual la gente estaba a partir de entonces, en gran medida de forma inconsciente, dirigida en su comportamiento social.
Pero la tradición histórica es, como se dice, de ayer; en ninguna parte hemos superado realmente lo que Thorstein Veblen llamó "la fase depredadora" del desarrollo humano. Los hechos económicos observables pertenecen a esa fase e incluso las leyes que podemos derivar de ellos no son aplicables a otras fases. Puesto que el verdadero propósito del socialismo es precisamente superar y avanzar más allá de la fase depredadora del desarrollo humano, la ciencia económica en su estado actual puede arrojar poca luz sobre la sociedad socialista del futuro.
En segundo lugar, el socialismo está guiado hacia un fin ético-social. La ciencia, sin embargo, no puede establecer fines e, incluso menos, inculcarlos en los seres humanos; la ciencia puede proveer los medios con los que lograr ciertos fines. Pero los fines por si mismos son concebidos por personas con altos ideales éticos y --si estos fines no son endebles, sino vitales y vigorosos-- son adoptados y llevados adelante por muchos seres humanos quienes, de forma semi-inconsciente, determinan la evolución lenta de la sociedad.
Por estas razones, no debemos sobrestimar la ciencia y los métodos científicos cuando se trata de problemas humanos; y no debemos asumir que los expertos son los únicos que tienen derecho a expresarse en las cuestiones que afectan a la organización de la sociedad. Muchas voces han afirmado desde hace tiempo que la sociedad humana está pasando por una crisis, que su estabilidad ha sido gravemente dañada. Es característico de tal situación que los individuos se sienten indiferentes o incluso hostiles hacia el grupo, pequeño o grande, al que pertenecen. Como ilustración, déjenme recordar aquí una experiencia personal. Discutí recientemente con un hombre inteligente y bien dispuesto la amenaza de otra guerra, que en mi opinión pondría en peligro seriamente la existencia de la humanidad, y subrayé que solamente una organización supranacional ofrecería protección frente a ese peligro. Frente a eso mi visitante, muy calmado y tranquilo, me dijo: "¿porqué se opone usted tan profundamente a la desaparición de la raza humana?"
Estoy seguro que hace tan sólo un siglo nadie habría hecho tan ligeramente una declaración de esta clase. Es la declaración de un hombre que se ha esforzado inútilmente en lograr un equilibrio interior y que tiene más o menos perdida la esperanza de conseguirlo. Es la expresión de la soledad dolorosa y del aislamiento que mucha gente está sufriendo en la actualidad. ¿Cuál es la causa? ¿Hay una salida?
Es fácil plantear estas preguntas, pero difícil contestarlas con seguridad. Debo intentarlo, sin embargo, lo mejor que pueda, aunque soy muy consciente del hecho de que nuestros sentimientos y esfuerzos son a menudo contradictorios y obscuros y que no pueden expresarse en fórmulas fáciles y simples.
El hombre es, a la vez, un ser solitario y un ser social. Como ser solitario, procura proteger su propia existencia y la de los que estén más cercanos a él, para satisfacer sus deseos personales, y para desarrollar sus capacidades naturales. Como ser social, intenta ganar el reconocimiento y el afecto de sus compañeros humanos, para compartir sus placeres, para confortarlos en sus dolores, y para mejorar sus condiciones de vida. Solamente la existencia de éstos diferentes, y frecuentemente contradictorios objetivos por el carácter especial del hombre, y su combinación específica determina el grado con el cual un individuo puede alcanzar un equilibrio interno y puede contribuir al bienestar de la sociedad. Es muy posible que la fuerza relativa de estas dos pulsiones esté, en lo fundamental, fijada hereditariamente. Pero la personalidad que finalmente emerge está determinada en gran parte por el ambiente en el cual un hombre se encuentra durante su desarrollo, por la estructura de la sociedad en la que crece, por la tradición de esa sociedad, y por su valoración de los tipos particulares de comportamiento. El concepto abstracto "sociedad" significa para el ser humano individual la suma total de sus relaciones directas e indirectas con sus contemporáneos y con todas las personas de generaciones anteriores. El individuo puede pensar, sentirse, esforzarse, y trabajar por si mismo; pero él depende tanto de la sociedad -en su existencia física, intelectual, y emocional- que es imposible concebirlo, o entenderlo, fuera del marco de la sociedad. Es la "sociedad" la que provee al hombre de alimento, hogar, herramientas de trabajo, lenguaje, formas de pensamiento, y la mayoría del contenido de su pensamiento; su vida es posible por el trabajo y las realizaciones de los muchos millones en el pasado y en el presente que se ocultan detrás de la pequeña palabra "sociedad".
Es evidente, por lo tanto, que la dependencia del individuo de la sociedad es un hecho que no puede ser suprimido -- exactamente como en el caso de las hormigas y de las abejas. Sin embargo, mientras que la vida de las hormigas y de las abejas está fijada con rigidez en el más pequeño detalle, los instintos hereditarios, el patrón social y las correlaciones de los seres humanos son muy susceptibles de cambio. La memoria, la capacidad de hacer combinaciones, el regalo de la comunicación oral ha hecho posible progresos entre los seres humanos que son dictados por necesidades biológicas. Tales progresos se manifiestan en tradiciones, instituciones, y organizaciones; en la literatura; en las realizaciones científicas e ingenieriles; en las obras de arte. Esto explica que, en cierto sentido, el hombre puede influir en su vida y que puede jugar un papel en este proceso el pensamiento consciente y los deseos.
El hombre adquiere en el nacimiento, de forma hereditaria, una constitución biológica que debemos considerar fija e inalterable, incluyendo los impulsos naturales que son característicos de la especie humana. Además, durante su vida, adquiere una constitución cultural que adopta de la sociedad con la comunicación y a través de muchas otras clases de influencia. Es esta constitución cultural la que, con el paso del tiempo, puede cambiar y la que determina en un grado muy importante la relación entre el individuo y la sociedad como la antropología moderna nos ha enseñado, con la investigación comparativa de las llamadas culturas primitivas, que el comportamiento social de seres humanos puede diferenciar grandemente, dependiendo de patrones culturales que prevalecen y de los tipos de organización que predominan en la sociedad. Es en esto en lo que los que se están esforzando en mejorar la suerte del hombre pueden basar sus esperanzas: los seres humanos no están condenados, por su constitución biológica, a aniquilarse o a estar a la merced de un destino cruel, infligido por ellos mismos.
Si nos preguntamos cómo la estructura de la sociedad y de la actitud cultural del hombre deben ser cambiadas para hacer la vida humana tan satisfactoria como sea posible, debemos ser constantemente conscientes del hecho de que hay ciertas condiciones que no podemos modificar. Como mencioné antes, la naturaleza biológica del hombre es, para todos los efectos prácticos, inmodificable. Además, los progresos tecnológicos y demográficos de los últimos siglos han creado condiciones que están aquí para quedarse. En poblaciones relativamente densas asentadas con bienes que son imprescindibles para su existencia continuada, una división del trabajo extrema y un aparato altamente productivo son absolutamente necesarios. Los tiempos -- que, mirando hacia atrás, parecen tan idílicos -- en los que individuos o grupos relativamente pequeños podían ser totalmente autosuficientes se han ido para siempre. Es sólo una leve exageración decir que la humanidad ahora constituye incluso una comunidad planetaria de producción y consumo.
Ahora he alcanzado el punto donde puedo indicar brevemente lo que para mí constituye la esencia de la crisis de nuestro tiempo. Se refiere a la relación del individuo con la sociedad. El individuo es más consciente que nunca de su dependencia de sociedad. Pero él no ve la dependencia como un hecho positivo, como un lazo orgánico, como una fuerza protectora, sino como algo que amenaza sus derechos naturales, o incluso su existencia económica. Por otra parte, su posición en la sociedad es tal que sus pulsiones egoístas se están acentuando constantemente, mientras que sus pulsiones sociales, que son por naturaleza más débiles, se deterioran progresivamente. Todos los seres humanos, cualquiera que sea su posición en la sociedad, están sufriendo este proceso de deterioro. Los presos a sabiendas de su propio egoísmo, se sienten inseguros, solos, y privados del disfrute ingenuo, simple, y sencillo de la vida. El hombre sólo puede encontrar sentido a su vida, corta y arriesgada como es, dedicándose a la sociedad.
La anarquía económica de la sociedad capitalista tal como existe hoy es, en mi opinión, la verdadera fuente del mal. Vemos ante nosotros a una comunidad enorme de productores que se están esforzando incesantemente privándose de los frutos de su trabajo colectivo -- no por la fuerza, sino en general en conformidad fiel con reglas legalmente establecidas. A este respecto, es importante señalar que los medios de producción --es decir, la capacidad productiva entera que es necesaria para producir bienes de consumo tanto como capital adicional-- puede legalmente ser, y en su mayor parte es, propiedad privada de particulares.
En aras de la simplicidad, en la discusión que sigue llamaré "trabajadores" a todos los que no compartan la propiedad de los medios de producción -- aunque esto no corresponda al uso habitual del término. Los propietarios de los medios de producción están en posición de comprar la fuerza de trabajo del trabajador. Usando los medios de producción, el trabajador produce nuevos bienes que se convierten en propiedad del capitalista. El punto esencial en este proceso es la relación entre lo que produce el trabajador y lo que le es pagado, ambos medidos en valor real. En cuanto que el contrato de trabajo es "libre", lo que el trabajador recibe está determinado no por el valor real de los bienes que produce, sino por sus necesidades mínimas y por la demanda de los capitalistas de fuerza de trabajo en relación con el número de trabajadores compitiendo por trabajar. Es importante entender que incluso en teoría el salario del trabajador no está determinado por el valor de su producto.
El capital privado tiende a concentrarse en pocas manos, en parte debido a la competencia entre los capitalistas, y en parte porque el desarrollo tecnológico y el aumento de la división del trabajo animan la formación de unidades de producción más grandes a expensas de las más pequeñas. El resultado de este proceso es una oligarquía del capital privado cuyo enorme poder no se puede controlar con eficacia incluso en una sociedad organizada políticamente de forma democrática. Esto es así porque los miembros de los cuerpos legislativos son seleccionados por los partidos políticos, financiados en gran parte o influidos de otra manera por los capitalistas privados quienes, para todos los propósitos prácticos, separan al electorado de la legislatura. La consecuencia es que los representantes del pueblo de hecho no protegen suficientemente los intereses de los grupos no privilegiados de la población. Por otra parte, bajo las condiciones existentes, los capitalistas privados inevitablemente controlan, directamente o indirectamente, las fuentes principales de información (prensa, radio, educación). Es así extremadamente difícil, y de hecho en la mayoría de los casos absolutamente imposible, para el ciudadano individual obtener conclusiones objetivas y hacer un uso inteligente de sus derechos políticos.
La situación que prevalece en una economía basada en la propiedad privada del capital está así caracterizada en lo principal: primero, los medios de la producción (capital) son poseídos de forma privada y los propietarios disponen de ellos como lo consideran oportuno; en segundo lugar, el contrato de trabajo es libre. Por supuesto, no existe una sociedad capitalista pura en este sentido. En particular, debe notarse que los trabajadores, a través de luchas políticas largas y amargas, han tenido éxito en asegurar una forma algo mejorada de "contrato de trabajo libre" para ciertas categorías de trabajadores. Pero tomada en su conjunto, la economía actual no se diferencia mucho de capitalismo "puro". La producción está orientada hacia el beneficio, no hacia el uso. No está garantizado que todos los que tienen capacidad y quieran trabajar puedan encontrar empleo; existe casi siempre un "ejército de parados". El trabajador está constantemente atemorizado con perder su trabajo. Desde que parados y trabajadores mal pagados no proporcionan un mercado rentable, la producción de los bienes de consumo está restringida, y la consecuencia es una gran privación. El progreso tecnológico produce con frecuencia más desempleo en vez de facilitar la carga del trabajo para todos. La motivación del beneficio, conjuntamente con la competencia entre capitalistas, es responsable de una inestabilidad en la acumulación y en la utilización del capital que conduce a depresiones cada vez más severas. La competencia ilimitada conduce a un desperdicio enorme de trabajo, y a ése amputar la conciencia social de los individuos que mencioné antes.
Considero esta mutilación de los individuos el peor mal del capitalismo. Nuestro sistema educativo entero sufre de este mal. Se inculca una actitud competitiva exagerada al estudiante, que es entrenado para adorar el éxito codicioso como preparación para su carrera futura.
Estoy convencido de que hay solamente un camino para eliminar estos graves males, el establecimiento de una economía socialista, acompañado por un sistema educativo orientado hacia metas sociales. En una economía así, los medios de producción son poseídos por la sociedad y utilizados de una forma planificada. Una economía planificada que ajuste la producción a las necesidades de la comunidad, distribuiría el trabajo a realizar entre todos los capacitados para trabajar y garantizaría un sustento a cada hombre, mujer, y niño. La educación del individuo, además de promover sus propias capacidades naturales, procuraría desarrollar en él un sentido de la responsabilidad para sus compañeros-hombres en lugar de la glorificación del poder y del éxito que se da en nuestra sociedad actual.
Sin embargo, es necesario recordar que una economía planificada no es todavía socialismo. Una economía planificada puede estar acompañada de la completa esclavitud del individuo. La realización del socialismo requiere solucionar algunos problemas sociopolíticos extremadamente difíciles: ¿cómo es posible, con una centralización de gran envergadura del poder político y económico, evitar que la burocracia llegue a ser todopoderosa y arrogante? ¿Cómo pueden estar protegidos los derechos del individuo y cómo asegurar un contrapeso democrático al poder de la burocracia?

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miércoles, 8 de diciembre de 2010

Manifiesto del partido comunista

Marx
Manifiesto del Partido Comunista

La historia de todas las sociedades que han existido hasta nuestros días es la historia de la lucha de clases. Opresores y oprimidos se enfrentaron siempre.
Burguesía: La clase de los capitalistas modernos, propietarios de los medios de producción social, que emplean trabajo asalariado.
Proletarios: Clase de los trabajadores asalariados modernos que, privados de los medios de producción propios, se ven obligados a vender su fuerza de trabajo para podes existir.
La lucha entre las clases siempre terminó con la transformación revolucionaria de toda la sociedad. La época de la burguesía se caracteriza por haber simplificado las relaciones de clase en dos grandes clases: la burguesía y el proletariado.
El origen de la burguesía se da con la descomposición de la sociedad feudal al no poder satisfacer la demanda de los nuevos mercados (descubrimiento de América, India, China, colonización). El vapor y la maquinaria revolucionaron en la producción industrial y a la manufactura. Cada etapa de la evolución burguesa se ve acompañada por el éxito político.
El gobierno del Estado moderno no es más que una junta que administra los negocios comunes de toda la clase burguesa.
¡La burguesía ha ahogado el sagrado éxtasis del fervor religioso, el entusiasmo caballeresco y el sentimentalismo del pequeño burgués en las aguas heladas del cálculo egoísta. Ha hecho de la dignidad humana un simple valor de cambio! ¡Ha sustituido las numerosas libertades escrituradas y bien adquiridas por la única y desalmada libertad de comercio!
La burguesía sólo puede existir a condición de revolucionar incesantemente los instrumentos de reproducción, por tanto, las relaciones de producción y, con ello, todas las relaciones sociales.
La burguesía necesita recorre el mundo entero para dar salida a sus mercancías. El carácter de la producción es cosmopolita. Se necesita materia prima de lugares cada vez más alejados. La estrechez y el exclusivismo nacionales resultan cada vez más difciles.
La burguesía se forja un mundo a su imagen y semejanza al obligar a todas las naciones a adoptar el modo burgués de producción. Ha sometido al campo al dominio de la ciudad. Al aglomerar a la población en las grandes urbes y centralizado los modos de producción en unas pocas manos, ha centralizado la política.
El modo de producción feudal fue sustituido por una constitución social y política adecuada a la libre concurrencia, con la dominación económica y política de la clase burguesa. [Cuánta verdad, carajo] Desde hace unas décadas la historia de la industria y el comercio no es más que la historia de la rebelión de las fuerzas productivas modernas contra las actuales relaciones de producción.
El sistema burgués se ve amenazado por las crisis comerciales periódicas. La crisis de la superproducción. La burguesía necesita deshacerse de ese exceso de producción, así que prepara a) la destrucción de una masa de fuerzas productivas y b) conquista de nuevos mercados. ¿De qué modo? Preparando crisis más extensas y más violentas y disminuyendo los medios para prevenirlas.
“La burguesía no ha forjado solamente las armas que debe darle muerte; ha producido también los hombres que empuñarán esas armas: los obreros modernos, los proletarios”. Los proletarios se desarrollan al mismo ritmo que la burguesía, ellos no tienen más que ofrecer que su trabajo. Este último sólo es requerido cuando produce acumulación de capital. Los obreros son mercancía, susceptibles a cualquier relación de mercado. El precio del trabajo es igual al coste de producción. Cuanto más fastidioso el trabajo, más bajos son los salarios, el obrero es sólo un apéndice de la máquina.
Los obreros son esclavos del burgués, de la máquina y del capataz. Cuanto menos habilidad y fuerza requiere el trabajo, más mujeres y niños ofrecen su mano de obra: no hay más que instrumentos de trabajo, cuyo coste varía según edad y sexo.
La burguesía, en constante lucha contra otra burguesías, arrastra al proletariado a sus luchas políticas y le da las armas de su propia destrucción: la educación. De toda las clases, la verdaderamente revolucionaria es el proletariado.
El movimiento proletario es el movimiento independiente de la inmensa mayoría en provecho de la inmensa mayoría.

2. Proletarios y Comunistas

En este capítulo don Marx se pregunta: ¿Qué relación existe entre los comunistas y los proletarios?

Los comunistas son el sector más decidido de los partidos de obreros, que no distinguen nacionalidad, defiende al proletario en su forma más general. En teoría, comprenden las condiciones, la marcha y los resultados generales del movimiento proletario antes que la restante masa del proletariado.
Su objetivo: constituir al proletariado en clase, derrocar el dominio burgués y conquistar el poder político por el proletariado. Las tesis de los comunistas no descansan en principios abstractos, sino en la historia. El rasgo distintivo del comunismo no es la abolición de la propiedad en general, sino la abolición de la propiedad burguesa. Pero la propiedad privada actual es la última y más acabada expresión de la explotación de unos por otros: los comunistas buscan la abolición de la propiedad privada.
El capital es un producto social, por tanto, ponerlo en manos de una clase: la burgesa, sólo provoca la explotación del trabajo asalariado. Si se socializa la propiedad del capital, se termina la explotación porque pierde su carácter de clase.
En la sociedad burguesa, el salario sólo sirve para la reproducción de la clase trabajadora. En la sociedad comunista, el trabajo sirve para enriquecer la vida de los trabajadores. En la sociedad burguesa, el capital es independiete y personal (privado), mientras que los individuos carecen de independencia y el trabajo es impersonal. Por eso, si se acusa a los comunistas de abolir la libertad y la personalidad, efectivamente, eso se intenta. Pero de la libertad y la personalidad como la entienden los burgueses, es decir, abolir el sistema en el que sólo hay libertad y personalidad para esa clase.
En la sociedad burguesa, la propiedad privada sólo existe para un décimo de la población, para los demás, los trabajadores, la propiedad privada está abolida. Los que tabajan no ganan y los que ganan no trabajan. Efectivamente, los comunistas quieren suprimir ese estado de cosas.
La educación también debe suprimirse, porque está determinada por la clase burguesa, entonces sólo se preocupa por reproducir las condiciones. La familia también se debe suprimir, cambiar la educación familias por la social.
Con esto se elimina la explotación de los padres sobre los hijos y las condiciones de clase entre familias burguesas y proletarias. En último caso, ¿para qué sirve la familia? Sólo existe porque facilita la reproducción del capital, al constituir familias es más fácil la explotación de las partes.
¿Crear la sociedad de las mujeres? Para que negarlo, si siempre ha existido. En la sociedad burguesa la mujer sólo es un instrumento de explotación, donde los capitalistas tienen a su disposición sus mujeres y las de los proletarios si lo quieren. Mejor terminar con esa hipocresía oculta y sustituirla por una comunidad de mujeres oficial.
Abolir las nacionalidades. Los obreros no tienen patria. Los estados modernos representativos son producto de la burguesía y están al servicio de ella. Mientras la revolución obrera continúe, poco a poco se irán suprimiendo las naciones y con ello, la explotación, primero, de unos individuos por otros, y luego, de unas naciones por otras. La acción común del proletariado es una de las primeras condiciones de la emancipación.
Para lograr sus objetivos, el primer paso es la revolución obrera es elevarse como clase dominante y conquistar la democracia. Luego, quitarle todo el capital al burgués para concentrarlo en el estado, esto es, en el proletariado organizado como clase dominante, y para multiplicar las fuerzas productivas. Esto sólo puede ser posible por la vía despótica en el inicio, paro con el tiempo se transformará el modo de producción.
Cada país lo logrará en la medida de sus posibilidades, los más avanzados podrán aplicar las siguientes medidas casi sin excepción:
1. Expropiación de la propiedad de la tierra y el trabajo.
2.Impuestos fuertemente progresivos.
3. Abolición del derecho de herencia.
4. Confiscación de la propiedad de emigrantes y sediciosos.
5. Centralización del crédito, monopolio del capital y de la banca exclusivo del estado.
6. Centralización de los transportes poniéndolos en manos del estado.
7. Multiplicación de las fábricas nacionales, de los instrumentos de producción, [...] conforma a planes comunitarios.
8. Igual obligación de trabajar para todos, organización de ejércitos industriales, especialmente para la agricultura.
9. Unión de la explotación agraria y la industrial, medidas para superar las diferencias entre campo y ciudad.
10. Educación pública y gratuita de todos los niños. Eliminación del trabajo infantil en las fábricas. Unión de la educación con la producción material.

Una vez que se haga la revolución obrera y se yerga como clase dominante se terminara el poder político, porque ¿qué es el poder político sino la aglutinación del poder en una clase para dominar a otra? Con el poder difuminado en toda la clase obrera, se terminara el poder político y con ello, la explotación del hombre por el hombre.

Literatura socialista y comunista
Según Marx, existen tres tipos de falsos socialismos: el reaccionario, el conservador o burgués y el comunismo crítico o utópico. El primero a su vez se divide en socialismo feudal, socialismo pequeño-burgués y socialismo alemán o verdadero.

El socialismo feudal es el cristianismo. De este han echado mano los aristócratas para oponerse a la clase burguesa. Así parece que están del lado de los obreros paro en realidad quieren regresar a un estado de cosas anterior.
El socialismo pequeño-burgués está conformado por los campesinos que les iba bien en la época feudal. En la sociedad burguesa se iniciaron como pequeños capitalistas, pero al avanzar los monopolios y los grandes burgueses han ido perdiendo sus propiedad y se convierten en capataces o empleados del gran capital. Entonces también se alzan contra los burgueses y parencen estar de lado de los obreros, paro estos también prefieren un estado de cosas anterior y no la revolución.

El socialismo alemán o verdadero es una copia castrada del socialismo francés. Se hicieron populares por reciclar las tesis frnacesas y sintetizarlas con la filosofía alemana. Así, atacan al liberalismo, la concurrencia y la burguesía. Sin embargo, olvidaron la verdadera escencia del socialismo y configuraron su ideología como única, dónde el socialista es el alemán y la nación es la alemana.

El socialismo conservador o burgués en realidad son burgueses disfrazados. Su idea es que todos deberían ser burgueses. Quieren el capitalismo pero sin los obreros. Aborrecen la revolución, como si no supiera que la única verdadera forma de cambiar las condiciones materiales del trabajo es por esa vía. Entonces lo único que hacen es modificar su discurso y defiender que lo que hace la buerguesía es en interés de los proletariados; es decir, son filósofos burgueses... en interés de la clase obrera.
El comunismo crítico o utópico fue revolucionario cuando apareció por primera vez. Sin embargo, este nunca distinguió el desarrollo antagónico de las clases. Para Saint-Simon, Fourier u Owen no existía una lucha de clases, sino que una relación de debilidad de una parte de la sociedad. Entonces, normalmente describieron a la sociedad como un todo y no como una lucha. Por ello, no defendían el cambio social por medio de la revolución. Su teoría es indirectamente proporcional al desarrollo del movimiento obrero: confome pasa el tiempo su teoría explica menos y la revolución se hace más inminente. Los discípulos de estas teorías sólo son reaccionarios o conservadores, porque se niegan a ver lo ya evidente y se reusan a cualquier acción política.

Los comunistas no tienen por qué guardar encubiertas sus ideas e intenciones. Abiertamente declaran que sus objetivos sólo pueden alcanzarse derrocando por la violencia todo el orden social existente. Tiemblen, si quieren, las clases gobernantes, ante la perspectiva de una revolución comunista. ¡Los proletarios, con ella, no tienen nada que perder, como no sea sus cadenas! ¡Tienen, en cambio, un mundo entero que ganar!

sábado, 4 de diciembre de 2010

Poder Legislativo



1.                 ¿Cuál es el marco jurídico del Congreso?
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
2.                 ¿Cada cuánto se elige la Cámara de Diputados?
ARTICULO 51. LA CAMARA DE DIPUTADOS SE COMPONDRA DE REPRESENTANTES DE LA NACION, ELECTOS EN SU TOTALIDAD CADA TRES AÑOS. POR CADA DIPUTADO PROPIETARIO SE ELEGIRA UN SUPLENTE. 
3.                 ¿Cómo se integra la Cámara de Diputados?
ARTICULO 52. LA CAMARA DE DIPUTADOS ESTARA INTEGRADA POR 300 DIPUTADOS ELECTOS SEGUN EL PRINCIPIO DE VOTACION MAYORITARIA RELATIVA, MEDIANTE EL SISTEMA DE DISTRITOS ELECTORALES UNINOMINALES, Y 200 DIPUTADOS QUE SERAN ELECTOS SEGUN EL PRINCIPIO DE REPRESENTACION PROPORCIONAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE LISTAS REGIONALES, VOTADAS EN CINCO CIRCUNSCRIPCIONALES  PLURINOMINALES. 
4.                 ¿Cómo se dividen los distritos electorales?
ARTICULO 53. LA DEMARCACION TERRITORIAL DE LOS 300 DISTRITOS ELECTORALES UNINOMINALES SERA LA QUE RESULTE DE DIVIDIR LA POBLACION TOTAL DEL PAIS ENTRE LOS DISTRITOS SEÑALADOS. LA DISTRIBUCION DE LOS DISTRITOS ELECTORALES UNINOMINALES ENTRE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS SE HARA TENIENDO EN CUENTA EL ULTIMO CENSO GENERAL DE POBLACION, SIN QUE EN NINGUN CASO LA REPRESENTACION DE UN ESTADO PUEDA SER MENOR DE DOS DIPUTADOS DE MAYORIA. 
5.                 ¿Cuántas circunscripciones plurinominales existen y cómo se conforman?
ARTICULO 53. PARA LA ELECCION DE LOS 200 DIPUTADOS SEGUN EL PRINCIPIO DE REPRESENTACION PROPORCIONAL Y EL SISTEMA DE LISTAS REGIONALES, SE CONSTITUIRAN CINCO CIRCUNSCRIPCIONES ELECTORALES PLURINOMINALES EN EL PAIS. LA LEY DETERMINARA LA FORMA DE ESTABLECER LA DEMARCACION TERRITORIAL DE ESTAS CIRCUNSCRIPCIONES. 
6.                 ¿Cómo funciona el sistema de representación proporcional?
ARTICULO 54. LA ELECCION DE LOS 200 DIPUTADOS SEGUN EL PRINCIPIO DE REPRESENTACION PROPORCIONAL Y EL SISTEMA DE ASIGNACION POR LISTAS REGIONALES, SE SUJETARA A LAS SIGUIENTES BASES Y A LO QUE DISPONGA LA LEY: 

I. UN PARTIDO POLITICO, PARA OBTENER EL REGISTRO DE SUS LISTAS REGIONALES, DEBERA ACREDITAR QUE PARTICIPA CON CANDIDATOS A DIPUTADOS POR MAYORIA RELATIVA EN POR LO MENOS DOSCIENTOS DISTRITOS UNINOMINALES; 

II. TODO PARTIDO POLITICO QUE ALCANCE POR LO MENOS EL DOS POR CIENTO DEL TOTAL DE LA VOTACION EMITIDA PARA LAS LISTAS REGIONALES DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES PLURINOMINALES, TENDRA DERECHO A QUE LE SEAN ATRIBUIDOS DIPUTADOS SEGUN EL PRINCIPIO DE REPRESENTACION PROPORCIONAL; 

III. AL PARTIDO POLITICO QUE CUMPLA CON LAS DOS BASES ANTERIORES, INDEPENDIENTE Y ADICIONALMENTE A LAS CONSTANCIAS DE MAYORIA RELATIVA QUE HUBIESEN OBTENIDO SUS CANDIDATOS, LE SERAN ASIGNADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACION PROPORCIONAL, DE ACUERDO CON SU VOTACION NACIONAL EMITIDA, EL NUMERO DE DIPUTADOS DE SU LISTA REGIONAL QUE LE CORRESPONDA EN CADA CIRCUNSCRIPCION PLURINOMINAL. EN LA ASIGNACION SE SEGUIRA EL ORDEN QUE TUVIESEN LOS CANDIDATOS EN LAS LISTAS CORRESPONDIENTES.
IV. NINGUN PARTIDO POLITICO PODRA CONTAR CON MAS DE 300 DIPUTADOS POR AMBOS PRINCIPIOS. 

V. EN NINGUN CASO, UN PARTIDO POLITICO PODRA CONTAR CON UN NUMERO DE DIPUTADOS POR AMBOS PRINCIPIOS QUE REPRESENTEN UN PORCENTAJE DEL TOTAL DE LA CAMARA QUE EXCEDA EN OCHO PUNTOS A SU PORCENTAJE DE VOTACION NACIONAL EMITIDA. ESTA BASE NO SE APLICARA AL PARTIDO POLITICO QUE, POR SUS TRIUNFOS EN DISTRITOS UNINOMINALES, OBTENGA UN PORCENTAJE DE CURULES DEL TOTAL DE LA CAMARA, SUPERIOR A LA SUMA DEL PORCENTAJE DE SU VOTACION NACIONAL EMITIDA MAS EL OCHO POR CIENTO; Y 

VI. EN LOS TERMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS FRACCIONES III, IV Y V ANTERIORES, LAS DIPUTACIONES DE REPRESENTACION PROPORCIONAL QUE RESTEN DESPUES DE ASIGNAR LAS QUE CORRESPONDAN AL PARTIDO POLITICO QUE SE HALLE EN LOS SUPUESTOS DE LAS FRACCIONES IV O V, SE ADJUDICARAN A LOS DEMAS PARTIDOS POLITICOS CON DERECHO A ELLO EN CADA UNA DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES PLURINOMINALES, EN PROPORCION DIRECTA CON LAS RESPECTIVAS VOTACIONES NACIONALES EFECTIVAS DE ESTOS ULTIMOS. LA LEY DESARROLLARA LAS REGLAS Y FORMULAS PARA ESTOS EFECTOS. 
7.                 ¿Cuáles son los requisitos para ser diputado?
ARTICULO 55. PARA SER DIPUTADO SE REQUIEREN LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
I. SER CIUDADANO MEXICANO, POR NACIMIENTO, EN EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS; 

II. TENER VEINTIUN AÑOS CUMPLIDOS EL DIA DE LA ELECCION; 

III. SER ORIGINARIO DEL ESTADO EN QUE SE HAGA LA ELECCION O VECINO DE EL CON RESIDENCIA EFECTIVA DE MAS DE SEIS MESES ANTERIORES A LA FECHA DE ELLA. 
PARA PODER FIGURAR EN LAS LISTAS DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES ELECTORALES PLURINOMINALES COMO CANDIDATO A DIPUTADO, SE REQUIERE SER ORIGINARIO DE ALGUNA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE COMPRENDA LA CIRCUNSCRIPCION EN LA QUE SE REALICE LA ELECCION, O VECINO DE ELLA CON RESIDENCIA EFECTIVA DE MAS DE SEIS MESES ANTERIORES A LA FECHA EN QUE LA MISMA SE CELEBRE. 
LA VECINDAD NO SE PIERDE POR AUSENCIA EN EL DESEMPEÑO DE CARGOS PUBLICOS DE ELECCION POPULAR; 

IV. NO ESTAR EN SERVICIO ACTIVO EN EL EJERCITO FEDERAL, NI TENER MANDO EN LA POLICIA O GENDARMERIA RURAL EN EL DISTRITO DONDE SE HAGA LA ELECCION, CUANDO MENOS NOVENTA DIAS ANTES DE ELLA; 

V. NO SER TITULAR DE ALGUNO DE LOS ORGANISMOS A LOS QUE ESTA CONSTITUCION OTORGA AUTONOMIA, NI SER SECRETARIO O SUBSECRETARIO DE ESTADO, NI TITULAR DE ALGUNO DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS O DESCONCENTRADOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, A MENOS QUE SE SEPARE DEFINITIVAMENTE DE SUS FUNCIONES 90 DIAS ANTES DEL DIA DE LA ELECCION. 

NO SER MINISTRO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, NI MAGISTRADO, NI SECRETARIO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, NI CONSEJERO PRESIDENTE O CONSEJERO ELECTORAL EN LOS CONSEJOS GENERAL, LOCALES O DISTRITALES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, NI SECRETARIO EJECUTIVO, DIRECTOR EJECUTIVO O PERSONAL PROFESIONAL DIRECTIVO DEL PROPIO INSTITUTO, SALVO QUE SE HUBIEREN SEPARADO DE SU ENCARGO, DE MANERA DEFINITIVA, TRES AÑOS ANTES DEL DIA DE LA ELECCION. 

LOS GOBERNADORES DE LOS ESTADOS Y EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL NO PODRAN SER ELECTOS EN LAS ENTIDADES DE SUS RESPECTIVAS JURISDICCIONES DURANTE EL PERIODO DE SU ENCARGO, AUN CUANDO SE SEPAREN DEFINITIVAMENTE DE SUS PUESTOS. 

LOS SECRETARIOS DEL GOBIERNO DE LOS ESTADOS Y DEL DISTRITO FEDERAL, LOS MAGISTRADOS Y JUECES FEDERALES O DEL ESTADO O DEL DISTRITO FEDERAL, ASI COMO LOS PRESIDENTES MUNICIPALES Y TITULARES DE ALGUN ORGANO POLITICO-ADMINISTRATIVO EN EL CASO DEL DISTRITO FEDERAL, NO PODRAN SER ELECTOS EN LAS ENTIDADES DE SUS RESPECTIVAS JURISDICCIONES, SI NO SE SEPARAN DEFINITIVAMENTE DE SUS CARGOS NOVENTA DIAS ANTES DEL DIA DE LA ELECCION; 

VI. NO SER MINISTRO DE ALGUN CULTO RELIGIOSO, Y 

VII. NO ESTAR COMPRENDIDO EN ALGUNA DE LAS INCAPACIDADES QUE SEÑALA EL ARTICULO 59. 
8.                 ¿Cada cuánto se elige la Cámara de Senadores?
ARTICULO 56. […] LA CAMARA DE SENADORES SE RENOVARA EN SU TOTALIDAD CADA SEIS AÑOS. 
9.                 ¿Cómo se integra la Cámara de Senadores?
ARTICULO 56. LA CAMARA DE SENADORES SE INTEGRARA POR CIENTO VEINTIOCHO SENADORES, DE LOS CUALES, EN CADA ESTADO Y EN EL DISTRITO FEDERAL, DOS SERAN ELEGIDOS SEGUN EL PRINCIPIO DE VOTACION MAYORITARIA RELATIVA Y UNO SERA ASIGNADO A LA PRIMERA MINORIA. PARA ESTOS EFECTOS, LOS PARTIDOS POLITICOS DEBERAN REGISTRAR UNA LISTA CON DOS FORMULAS DE CANDIDATOS. LA SENADURIA DE PRIMERA MINORIA LE SERA ASIGNADA A LA FORMULA DE CANDIDATOS QUE ENCABECE LA LISTA DEL PARTIDO POLITICO QUE, POR SI MISMO, HAYA OCUPADO EL SEGUNDO LUGAR EN NUMERO DE VOTOS EN LA ENTIDAD DE QUE SE TRATE. 

LOS TREINTA Y DOS SENADORES RESTANTES SERAN ELEGIDOS SEGUN EL PRINCIPIO DE REPRESENTACION PROPORCIONAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE LISTAS VOTADAS EN UNA SOLA CIRCUNSCRIPCION PLURINOMINAL NACIONAL. LA LEY ESTABLECERA LAS REGLAS Y FORMULAS PARA ESTOS EFECTOS. 
10.             ¿Cuáles son los requisitos para ser senadores?
ARTICULO 58.- PARA SER SENADOR SE REQUIEREN LOS MISMOS REQUISITOS QUE PARA SER DIPUTADO, EXCEPTO EL DE LA EDAD, QUE SERA LA DE 25 AÑOS CUMPLIDOS EL DIA DE LA ELECCION.
11.             ¿Cómo funciona el principio de no reelección legislativa?
ARTICULO 59. LOS SENADORES Y DIPUTADOS AL CONGRESO DE LA UNION NO PODRAN SER REELECTOS PARA EL PERIODO INMEDIATO. 

LOS SENADORES Y DIPUTADOS SUPLENTES PODRAN SER ELECTOS PARA EL PERIODO INMEDIATO CON EL CARACTER DE PROPIETARIOS, SIEMPRE QUE NO HUBIEREN ESTADO EN EJERCICIO; PERO LOS SENADORES Y DIPUTADOS PROPIETARIOS NO PODRAN SER ELECTOS PARA EL PERIODO INMEDIATO CON EL CARACTER DE SUPLENTES. 
12.             ¿En qué consiste el principio de incompatibilidad de funciones en el ámbito legislativo?
ARTICULO 62. LOS DIPUTADOS Y SENADORES PROPIETARIOS, DURANTE EL PERIODO DE SU ENCARGO, NO PODRAN DESEMPEÑAR NINGUNA OTRA COMISION O EMPLEO DE LA FEDERACION O DE LOS ESTADOS POR LOS CUALES SE DISFRUTE SUELDO, SIN LICENCIA PREVIA DE LA CAMARA RESPECTIVA; PERO ENTONCES CESARAN EN SUS FUNCIONES REPRESENTATIVAS, MIENTRAS DURE LA NUEVA OCUPACION. LA MISMA REGLA SE OBSERVARA CON LOS DIPUTADOS Y SENADORES SUPLENTES, CUANDO ESTUVIESEN EN EJERCICIO. LA INFRACCION DE ESTA DISPOSICION SERA CASTIGADA CON LA PERDIDA DEL CARACTER DE DIPUTADO O SENADOR. 
13.             ¿Cómo se cubren las vacantes que se presenten en ambas Cámaras?
ARTICULO 63.- LAS CAMARAS NO PUEDEN ABRIR SUS SESIONES NI EJERCER SU CARGO SIN LA CONCURRENCIA, EN CADA UNA DE ELLAS, DE MAS DE LA MITAD DEL NUMERO TOTAL DE SUS MIEMBROS; PERO LOS PRESENTES DE UNA Y OTRA DEBERAN REUNIRSE EL DIA SEÑALADO POR LA LEY Y COMPELER A LOS AUSENTES A QUE CONCURRAN DENTRO DE LOS TREINTA DIAS SIGUIENTES, CON LA ADVERTENCIA DE QUE SI NO LO HICIESEN SE ENTENDERA POR ESE SOLO HECHO, QUE NO ACEPTAN SU ENCARGO, LLAMANDOSE LUEGO A LOS SUPLENTES, LOS QUE DEBERAN PRESENTARSE EN UN PLAZO IGUAL, Y SI TAMPOCO LO HICIESEN, SE DECLARARA VACANTE EL PUESTO. TANTO LAS VACANTES DE DIPUTADOS Y SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNION QUE SE PRESENTEN AL INICIO DE LA LEGISLATURA, COMO LAS QUE OCURRAN DURANTE SU EJERCICIO, SE CUBRIRAN: LA VACANTE DE DIPUTADOS Y SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNION POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA, LA CAMARA RESPECTIVA CONVOCARA A ELECCIONES EXTRAORDINARIAS DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 77 DE ESTA CONSTITUCION; LA VACANTE DE MIEMBROS DE LA CAMARA DE DIPUTADOS ELECTOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACION PROPORCIONAL, SERA CUBIERTA POR LA FORMULA DE CANDIDATOS DEL MISMO PARTIDO QUE SIGA EN EL ORDEN DE LA LISTA REGIONAL RESPECTIVA, DESPUES DE HABERSELE ASIGNADO LOS DIPUTADOS QUE LE HUBIEREN CORRESPONDIDO; LA VACANTE DE MIEMBROS DE LA CAMARA DE SENADORES ELECTOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACION PROPORCIONAL, SERA CUBIERTA POR AQUELLA FORMULA DE CANDIDATOS DEL MISMO PARTIDO QUE SIGA EN EL ORDEN DE LISTA NACIONAL, DESPUES DE HABERSELE ASIGNADO LOS SENADORES QUE LE HUBIEREN CORRESPONDIDO; Y LA VACANTE DE MIEMBROS DE LA CAMARA DE SENADORES ELECTOS POR EL PRINCIPIO DE PRIMERA MINORIA, SERA CUBIERTA POR LA FORMULA DE CANDIDATOS DEL MISMO PARTIDO QUE PARA LA ENTIDAD FEDERATIVA DE QUE SE TRATE SE HAYA REGISTRADO EN SEGUNDO LUGAR DE LA LISTA CORRESPONDIENTE. 

SE ENTIENDE TAMBIEN QUE LOS DIPUTADOS O SENADORES QUE FALTEN DIEZ DIAS CONSECUTIVOS, SIN CAUSA JUSTIFICADA O SIN PREVIA LICENCIA DEL PRESIDENTE DE SU RESPECTIVA CAMARA, CON LA CUAL SE DARA CONOCIMIENTO A ESTA, RENUNCIAN A CONCURRIR HASTA EL PERIODO INMEDIATO, LLAMANDOSE DESDE LUEGO A LOS SUPLENTES.

14.             ¿Cuáles son los períodos ordinarios de sesiones (duración)?
ARTICULO 65. EL CONGRESO SE REUNIRA A PARTIR DEL 1o. DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO, PARA CELEBRAR UN PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS Y A PARTIR DEL 1o. DE FEBRERO DE CADA AÑO PARA CELEBRAR UN SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS. 

ARTICULO 66. CADA PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DURARA EL TIEMPO NECESARIO PARA TRATAR TODOS LOS ASUNTOS MENCIONADOS EN EL ARTICULO ANTERIOR. EL PRIMER PERIODO NO PODRA PROLONGARSE SINO HASTA EL 15 DE DICIEMBRE DEL MISMO AÑO, EXCEPTO CUANDO EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA INICIE SU ENCARGO EN LA FECHA PREVISTA POR EL ARTICULO 83, EN CUYO CASO LAS SESIONES PODRAN EXTENDERSE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE ESE MISMO AÑO. EL SEGUNDO PERIODO NO PODRA PROLONGARSE MAS ALLA DEL 30 DE ABRIL DEL MISMO AÑO. 

SI LAS DOS CAMARAS NO ESTUVIEREN DE ACUERDO PARA PONER TERMINO A LAS SESIONES ANTES DE LAS FECHAS INDICADAS, RESOLVERA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. 
15.             ¿Quién tiene la facultad de convocar  a sesiones extraordinarias?
ARTICULO 67. EL CONGRESO O UNA SOLA DE LAS CAMARAS, CUANDO SE TRATE DE ASUNTO EXCLUSIVO DE ELLA, SE REUNIRAN EN SESIONES EXTRAORDINARIAS CADA VEZ QUE LOS CONVOQUE PARA ESE OBJETO LA COMISION PERMANENTE; PERO EN AMBOS CASOS SOLO SE OCUPARAN DEL ASUNTO O ASUNTOS QUE LA PROPIA COMISION SOMETIESE A SU CONOCIMIENTO, LOS CUALES SE EXPRESARAN EN LA CONVOCATORIA RESPECTIVA. 

16.             ¿Quiénes tienen la facultad de iniciar leyes?
ARTICULO 71. EL DERECHO DE INICIAR LEYES O DECRETOS COMPETE:
I. AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA;
II. A LOS DIPUTADOS Y SENADORES AL CONGRESO DE LA UNION, Y 
III. A LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS.
17.             Describe el proceso legislativo.
ARTICULO 72. TODO PROYECTO DE LEY O DECRETO, CUYA RESOLUCION NO SEA EXCLUSIVA DE ALGUNA DE LAS CAMARAS, SE DISCUTIRA SUCESIVAMENTE EN AMBAS, OBSERVANDOSE EL REGLAMENTO DE DEBATES SOBRE LA FORMA, INTERVALOS Y MODO DE PROCEDER EN LAS DISCUSIONES Y VOTACIONES.
A.- APROBADO UN PROYECTO EN LA CAMARA DE SU ORIGEN, PASARA PARA SU DISCUSION A LA OTRA. SI ESTA LO APROBARE, SE REMITIRA AL EJECUTIVO, QUIEN, SI NO TUVIERE OBSERVACIONES QUE HACER, LO PUBLICARA INMEDIATAMENTE.
B.- SE REPUTARA APROBADO POR EL PODER EJECUTIVO TODO PROYECTO NO DEVUELTO CON OBSERVACIONES A LA CAMARA DE SU ORIGEN, DENTRO DE DIEZ DIAS UTILES; A NO SER QUE, CORRIENDO ESTE TERMINO, HUBIERE EL CONGRESO CERRADO O SUSPENDIDO SUS SESIONES, EN CUYO CASO LA DEVOLUCION DEBERA HACERSE EL PRIMER DIA UTIL EN QUE EL CONGRESO ESTE REUNIDO. 

C.- EL PROYECTO DE LEY O DECRETO DESECHADO EN TODO O EN PARTE POR EL EJECUTIVO, SERA DEVUELTO, CON SUS OBSERVACIONES, A LA CAMARA DE SU ORIGEN. DEBERA SER DISCUTIDO DE NUEVO POR ESTA, Y SI FUESE CONFIRMADO POR LAS DOS TERCERAS PARTES DEL NUMERO TOTAL DE VOTOS, PASARA OTRA VEZ A LA CAMARA REVISORA. SI POR ESTA FUESE SANCIONADO POR LA MISMA MAYORIA, EL PROYECTO SERA LEY O DECRETO Y VOLVERA AL EJECUTIVO PARA SU PROMULGACION.
LAS VOTACIONES DE LEY O DECRETO, SERAN NOMINALES.
D.- SI ALGUN PROYECTO DE LEY O DECRETO FUESE DESECHADO EN SU TOTALIDAD POR LA CAMARA DE REVISION, VOLVERA A LA DE SU ORIGEN CON LAS OBSERVACIONES QUE AQUELLA LE HUBIESE HECHO. SI EXAMINADO DE NUEVO, FUESE APROBADO POR LA MAYORIA ABSOLUTA DE LOS MIEMBROS PRESENTES, VOLVERA A LA CAMARA QUE LO DESECHO, LA CUAL LO TOMARA OTRA VEZ EN CONSIDERACION, Y SI LO APROBARE POR LA MISMA MAYORIA, PASARA AL EJECUTIVO PARA LOS EFECTOS DE LA FRACCION A; PERO SI LO REPROBASE, NO PODRA VOLVER A PRESENTARSE EN EL MISMO PERIODO DE SESIONES. 

E.- SI UN PROYECTO DE LEY O DECRETO FUESE DESECHADO EN PARTE, O MODIFICADO, O ADICIONADO POR LA CAMARA REVISORA, LA NUEVA DISCUSION DE LA CAMARA DE SU ORIGEN VERSARA UNICAMENTE SOBRE LO DESECHADO O SOBRE LAS REFORMAS O ADICIONES, SIN PODER ALTERARSE EN MANERA ALGUNA LOS ARTICULOS APROBADOS. SI LAS ADICIONES O REFORMAS HECHAS POR LA CAMARA REVISORA FUESEN APROBADAS POR LA MAYORIA ABSOLUTA DE LOS VOTOS PRESENTES EN LA CAMARA DE SU ORIGEN, SE PASARA TODO EL PROYECTO AL EJECUTIVO, PARA LOS EFECTOS DE LA FRACCION A. SI LAS ADICIONES O REFORMAS HECHAS POR LA CAMARA REVISORA FUEREN REPROBADAS POR LA MAYORIA DE VOTOS EN LA CAMARA DE SU ORIGEN, VOLVERAN A AQUELLA PARA QUE TOME EN CONSIDERACION LAS RAZONES DE ESTA, Y SI POR MAYORIA ABSOLUTA DE VOTOS PRESENTES SE DESECHAREN EN ESTA SEGUNDA REVISION DICHAS ADICIONES O REFORMAS, EL PROYECTO, EN LO QUE HAYA SIDO APROBADO POR AMBAS CAMARAS, SE PASARA AL EJECUTIVO PARA LOS EFECTOS DE LA FRACCION A. SI LA CAMARA REVISORA INSISTIERE, POR LA MAYORIA ABSOLUTA DE VOTOS PRESENTES, EN DICHAS ADICIONES O REFORMAS, TODO EL PROYECTO NO VOLVERA A PRESENTARSE SINO HASTA EL SIGUIENTE PERIODO DE SESIONES, A NO SER QUE AMBAS CAMARAS ACUERDEN, POR LA MAYORIA ABSOLUTA DE SUS MIEMBROS PRESENTES, QUE SE EXPIDA LA LEY O DECRETO SOLO CON LOS ARTICULOS APROBADOS, Y QUE SE RESERVEN LOS ADICIONADOS O REFORMADOS PARA SU EXAMEN Y VOTACION EN LAS SESIONES SIGUIENTES.
F.- EN LA INTERPRETACION, REFORMA O DEROGACION DE LAS LEYES O DECRETOS, SE OBSERVARAN LOS MISMOS TRAMITES ESTABLECIDOS PARA SU FORMACION.
G.- TODO PROYECTO DE LEY O DECRETO QUE FUERE DESECHADO EN LA CAMARA DE SU ORIGEN, NO PODRA VOLVER A PRESENTARSE EN LAS SESIONES DEL AÑO.
H.- LA FORMACION DE LAS LEYES O DECRETOS PUEDE COMENZAR INDISTINTAMENTE EN CUALQUIERA DE LAS DOS CAMARAS, CON EXCEPCION DE LOS PROYECTOS QUE VERSAREN SOBRE EMPRESTITOS, CONTRIBUCIONES O IMPUESTOS, O SOBRE RECLUTAMIENTO DE TROPAS, TODOS LOS CUALES DEBERAN DISCUTIRSE PRIMERO EN LA CAMARA DE DIPUTADOS.
I.- LAS INICIATIVAS DE LEYES O DECRETOS SE DISCUTIRAN PREFERENTEMENTE EN LA CAMARA EN QUE SE PRESENTEN, A MENOS QUE TRANSCURRA UN MES DESDE QUE SE PASEN A LA COMISION DICTAMINADORA SIN QUE ESTA RINDA DICTAMEN, PUES EN TAL CASO EL MISMO PROYECTO DE LEY O DECRETO PUEDE PRESENTARSE Y DISCUTIRSE EN LA OTRA CAMARA.
J.- EL EJECUTIVO DE LA UNION NO PUEDE HACER OBSERVACIONES A LAS RESOLUCIONES DEL CONGRESO O DE ALGUNA DE LAS CAMARAS, CUANDO EJERZAN FUNCIONES DE CUERPO ELECTORAL O DE JURADO, LO MISMO QUE CUANDO LA CAMARA DE DIPUTADOS DECLARE QUE DEBE ACUSARSE A UNO DE LOS ALTOS FUNCIONARIOS DE LA FEDERACION POR DELITOS OFICIALES. 

TAMPOCO PODRA HACERLAS AL DECRETO DE CONVOCATORIA A SESIONES EXTRAORDINARIAS QUE EXPIDA LA COMISION PERMANENTE. 
18.             En qué consiste el veto presidencial.

El veto presidencial consiste en las observaciones que puede hacer a las iniciativas aprobadas por el Congreso. El proceso se describe en el artículo 72 descrito en la pregunta anterior.
19.             ¿Qué facultades tienen el Congreso?

ARTICULO 73. EL CONGRESO TIENE FACULTAD:
I. PARA ADMITIR NUEVOS ESTADOS A LA UNION FEDERAL; 

III. PARA FORMAR NUEVOS ESTADOS DENTRO DE LOS LIMITES DE LOS EXISTENTES, […]
V. PARA CAMBIAR LA RESIDENCIA DE LOS SUPREMOS PODERES DE LA FEDERACION; 

VII. PARA IMPONER LAS CONTRIBUCIONES NECESARIAS A CUBRIR EL PRESUPUESTO; 

VIII. PARA DAR BASES SOBRE LAS CUALES EL EJECUTIVO PUEDA CELEBRAR EMPRESTITOS SOBRE EL CREDITO DE LA NACION, PARA APROBAR ESOS MISMOS EMPRESTITOS Y PARA RECONOCER Y MANDAR PAGAR LA DEUDA NACIONAL.  […]  ASIMISMO, APROBAR ANUALMENTE LOS MONTOS DE ENDEUDAMIENTO QUE DEBERAN INCLUIRSE EN LA LEY DE INGRESOS, QUE EN SU CASO REQUIERA EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y LAS ENTIDADES DE SU SECTOR PUBLICO, CONFORME A LAS BASES DE LA LEY CORRESPONDIENTE. […]
IX. PARA IMPEDIR QUE EN EL COMERCIO DE ESTADO A ESTADO SE ESTABLEZCAN RESTRICCIONES; 

X. PARA LEGISLAR EN TODA LA REPUBLICA SOBRE HIDROCARBUROS, MINERIA, SUSTANCIAS QUIMICAS, EXPLOSIVOS, PIROTECNIA, INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA, COMERCIO, JUEGOS CON APUESTAS Y SORTEOS, INTERMEDIACION Y SERVICIOS FINANCIEROS, ENERGIA ELECTRICA Y NUCLEAR Y PARA EXPEDIR LAS LEYES DEL TRABAJO REGLAMENTARIAS DEL ARTICULO 123; 

XI. PARA CREAR Y SUPRIMIR EMPLEOS PUBLICOS DE LA FEDERACION Y SEÑALAR, AUMENTAR O DISMINUIR SUS DOTACIONES; 

XII. PARA DECLARAR LA GUERRA, EN VISTA DE LOS DATOS QUE LE PRESENTE EL EJECUTIVO; 

XIII. PARA DICTAR LEYES SEGUN LAS CUALES DEBEN DECLARARSE BUENAS O MALAS LAS PRESAS DE MAR Y TIERRA, Y PARA EXPEDIR LEYES RELATIVAS AL DERECHO MARITIMO DE PAZ Y GUERRA; 

XIV. PARA LEVANTAR Y SOSTENER A LAS INSTITUCIONES ARMADAS DE LA UNION, A SABER: EJERCITO, MARINA DE GUERRA Y FUERZA AEREA NACIONALES, Y PARA REGLAMENTAR SU ORGANIZACION Y SERVICIO; 

XV. PARA DAR REGLAMENTOS CON OBJETO DE ORGANIZAR, ARMAR Y DISCIPLINAR LA GUARDIA NACIONAL, RESERVANDOSE A LOS CIUDADANOS QUE LA FORMAN EL NOMBRAMIENTO RESPECTIVO DE JEFES Y OFICIALES, Y A LOS ESTADOS LA FACULTAD DE INSTRUIRLA CONFORME A LA DISCIPLINA PRESCRITA POR DICHOS REGLAMENTOS; 
XVI. PARA DICTAR LEYES SOBRE NACIONALIDAD, CONDICION JURIDICA DE LOS EXTRANJEROS, CIUDADANIA, NATURALIZACION, COLONIZACION, EMIGRACION E INMIGRACION Y SALUBRIDAD GENERAL DE LA REPUBLICA. […]

XVII. PARA DICTAR LEYES SOBRE VIAS GENERALES DE COMUNICACION, Y SOBRE POSTAS Y CORREOS; PARA EXPEDIR LEYES SOBRE EL USO Y APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS DE JURISDICCION FEDERAL; 

XVIII. PARA ESTABLECER CASAS DE MONEDA, FIJAR LAS CONDICIONES QUE ESTA DEBA TENER, DICTAR REGLAS PARA DETERMINAR EL VALOR RELATIVO DE LA MONEDA EXTRANJERA Y ADOPTAR UN SISTEMA GENERAL DE PESAS Y MEDIDAS; 

XIX. PARA FIJAR LAS REGLAS A QUE DEBE SUJETARSE LA OCUPACION Y ENAJENACION DE TERRENOS BALDIOS Y EL PRECIO DE ESTOS; 

XX. PARA EXPEDIR LAS LEYES DE ORGANIZACION DEL CUERPO DIPLOMATICO Y DEL CUERPO CONSULAR MEXICANO; 

XXI. PARA ESTABLECER LOS DELITOS Y LAS FALTAS CONTRA LA FEDERACION Y FIJAR LOS CASTIGOS QUE POR ELLOS DEBAN IMPONERSE; EXPEDIR UNA LEY GENERAL EN MATERIA DE SECUESTRO, QUE ESTABLEZCA, COMO MINIMO, LOS TIPOS PENALES Y SUS SANCIONES, LA DISTRIBUCION DE COMPETENCIAS Y LAS FORMAS DE COORDINACION ENTRE LA FEDERACION, EL DISTRITO FEDERAL, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS; ASI COMO LEGISLAR EN MATERIA DE DELINCUENCIA ORGANIZADA. 

LAS AUTORIDADES FEDERALES PODRAN CONOCER TAMBIEN DE LOS DELITOS DEL FUERO COMUN, CUANDO ESTOS TENGAN CONEXIDAD CON DELITOS FEDERALES; 

EN LAS MATERIAS CONCURRENTES PREVISTAS EN ESTA CONSTITUCION, LAS LEYES FEDERALES ESTABLECERAN LOS SUPUESTOS EN QUE LAS AUTORIDADES DEL FUERO COMUN PODRAN CONOCER Y RESOLVER SOBRE DELITOS FEDERALES; 

XXII. PARA CONCEDER AMNISTIAS POR DELITOS CUYO CONOCIMIENTO PERTENEZCA A LOS TRIBUNALES DE LA FEDERACION; 

XXIII. PARA EXPEDIR LEYES QUE ESTABLEZCAN LAS BASES DE COORDINACION ENTRE LA FEDERACION, EL DISTRITO FEDERAL, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS, ASI COMO PARA ESTABLECER Y ORGANIZAR A LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PUBLICA EN MATERIA FEDERAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 21 DE ESTA CONSTITUCION. 

XXIV. PARA EXPEDIR LA LEY QUE REGULE LA ORGANIZACION DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION Y LAS DEMAS QUE NORMEN LA GESTION, CONTROL Y EVALUACION DE LOS PODERES DE LA UNION Y DE LOS ENTES PUBLICOS FEDERALES; 

XXV. PARA ESTABLECER, ORGANIZAR Y SOSTENER EN TODA LA REPUBLICA ESCUELAS RURALES, ELEMENTALES, SUPERIORES, SECUNDARIAS Y PROFESIONALES; DE INVESTIGACION CIENTIFICA, DE BELLAS ARTES Y DE ENSEÑANZA TECNICA, ESCUELAS PRACTICAS DE AGRICULTURA Y DE MINERIA, DE ARTES Y OFICIOS, MUSEOS, BIBLIOTECAS, OBSERVATORIOS Y DEMAS INSTITUTOS CONCERNIENTES A LA CULTURA GENERAL DE LOS HABITANTES DE LA NACION Y LEGISLAR EN TODO LO QUE SE REFIERE A DICHAS INSTITUCIONES; PARA LEGISLAR SOBRE VESTIGIOS O RESTOS FOSILES Y SOBRE MONUMENTOS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS, CUYA CONSERVACION SEA DE INTERES NACIONAL; ASI COMO PARA DICTAR LAS LEYES ENCAMINADAS A DISTRIBUIR CONVENIENTEMENTE ENTRE LA FEDERACION, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS EL EJERCICIO DE LA FUNCION EDUCATIVA Y LAS APORTACIONES ECONOMICAS CORRESPONDIENTES A ESE SERVICIO PUBLICO, BUSCANDO UNIFICAR Y COORDINAR LA EDUCACION EN TODA LA REPUBLICA. LOS TITULOS QUE SE EXPIDAN POR LOS ESTABLECIMIENTOS DE QUE SE TRATA SURTIRAN SUS EFECTOS EN TODA LA REPUBLICA. PARA LEGISLAR EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR Y OTRAS FIGURAS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADAS CON LA MISMA. 

XXVI. PARA CONCEDER LICENCIA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y PARA CONSTITUIRSE EN COLEGIO ELECTORAL Y DESIGNAR AL CIUDADANO QUE DEBA SUBSTITUIR AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, YA SEA CON EL CARACTER DE SUBSTITUTO, INTERINO O PROVISIONAL, EN LOS TERMINOS DE LOS ARTICULOS 84 Y 85 DE ESTA CONSTITUCION; 

XXVII. PARA ACEPTAR LA RENUNCIA DEL CARGO DE PRESIDENTE DE LA REPUBLICA; 

XXVIII. PARA EXPEDIR LEYES EN MATERIA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL QUE REGIRAN LA CONTABILIDAD PUBLICA Y LA PRESENTACION HOMOGENEA DE INFORMACION FINANCIERA, DE INGRESOS Y EGRESOS, ASI COMO PATRIMONIAL, PARA LA FEDERACION, LOS ESTADOS, LOS MUNICIPIOS, EL DISTRITO FEDERAL Y LOS ORGANOS POLITICO-ADMINISTRATIVOS DE SUS DEMARCACIONES TERRITORIALES, A FIN DE GARANTIZAR SU ARMONIZACION A NIVEL NACIONAL; 

XXIX. PARA ESTABLECER CONTRIBUCIONES: 
1o. SOBRE EL COMERCIO EXTERIOR; 
2o. SOBRE EL APROVECHAMIENTO Y EXPLOTACION DE LOS RECURSOS NATURALES COMPRENDIDOS EN LOS PARRAFOS 4o. Y 5o. DEL ARTICULO 27; 
3o. SOBRE INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES DE SEGUROS; 
4o. SOBRE SERVICIOS PUBLICOS CONCESIONADOS O EXPLOTADOS DIRECTAMENTE POR LA FEDERACION, Y 
5o. ESPECIALES SOBRE: 
A) ENERGIA ELECTRICA; 
B) PRODUCCION Y CONSUMO DE TABACOS LABRADOS; 
C) GASOLINA Y OTROS PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETROLEO; 
D) CERILLOS Y FOSFOROS; 
E) AGUAMIEL Y PRODUCTOS DE SU FERMENTACION, Y
F) EXPLOTACION FORESTAL, Y 
G) PRODUCCION Y CONSUMO DE CERVEZA. 

XXIX-B. PARA LEGISLAR SOBRE LAS CARACTERISTICAS Y USO DE LA BANDERA, ESCUDO E HIMNO NACIONALES; 

XXIX-C. PARA EXPEDIR LAS LEYES QUE ESTABLEZCAN LA CONCURRENCIA DEL GOBIERNO FEDERAL, DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS, EN EL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, EN MATERIA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, CON OBJETO DE CUMPLIR LOS FINES PREVISTOS EN EL PARRAFO TERCERO DEL ARTICULO 27 DE ESTA CONSTITUCION. 

XXIX-D. PARA EXPEDIR LEYES SOBRE PLANEACION NACIONAL DEL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL, ASI COMO EN MATERIA DE INFORMACION ESTADISTICA Y GEOGRAFICA DE INTERES NACIONAL; 

XXIX-E. PARA EXPEDIR LEYES PARA LA PROGRAMACION, PROMOCION, CONCERTACION Y EJECUCION DE ACCIONES DE ORDEN ECONOMICO, ESPECIALMENTE LAS REFERENTES AL ABASTO Y OTRAS QUE TENGAN COMO FIN LA PRODUCCION SUFICIENTE Y OPORTUNA DE BIENES Y SERVICIOS, SOCIAL Y NACIONALMENTE NECESARIOS. 

XXIX-F. PARA EXPEDIR LEYES TENDIENTES A LA PROMOCION DE LA INVERSION MEXICANA, LA REGULACION DE LA INVERSION EXTRANJERA, LA TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA Y LA GENERACION, DIFUSION Y APLICACION DE LOS CONOCIMIENTOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS QUE REQUIERE EL DESARROLLO NACIONAL. 

XXIX-G. PARA EXPEDIR LEYES QUE ESTABLEZCAN LA CONCURRENCIA DEL GOBIERNO FEDERAL, DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS, EN EL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, EN MATERIA DE PROTECCION AL AMBIENTE Y DE PRESERVACION Y RESTAURACION DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO. 

XXIX-H. PARA EXPEDIR LEYES QUE INSTITUYAN TRIBUNALES DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, DOTADOS DE PLENA AUTONOMIA PARA DICTAR SUS FALLOS, Y QUE TENGAN A SU CARGO DIRIMIR LAS CONTROVERSIAS QUE SE SUSCITEN ENTRE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL Y LOS PARTICULARES, ASI COMO PARA IMPONER SANCIONES A LOS SERVIDORES PUBLICOS POR RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA QUE DETERMINE LA LEY, ESTABLECIENDO LAS NORMAS PARA SU ORGANIZACION, SU FUNCIONAMIENTO, LOS PROCEDIMIENTOS Y LOS RECURSOS CONTRA SUS RESOLUCIONES; 

XXIX-I. PARA EXPEDIR LEYES QUE ESTABLEZCAN LAS BASES SOBRE LAS CUALES LA FEDERACION, LOS ESTADOS, EL DISTRITO FEDERAL Y LOS MUNICIPIOS, COORDINARAN SUS ACCIONES EN MATERIA DE PROTECCION CIVIL, Y 

XXIX-J. PARA LEGISLAR EN MATERIA DE DEPORTE, ESTABLECIENDO LAS BASES GENERALES DE COORDINACION DE LA FACULTAD CONCURRENTE ENTRE LA FEDERACION, LOS ESTADOS, EL DISTRITO FEDERAL Y MUNICIPIOS; ASIMISMO DE LA PARTICIPACION DE LOS SECTORES SOCIAL Y PRIVADO, Y 

XXIX-K. PARA EXPEDIR LEYES EN MATERIA DE TURISMO, ESTABLECIENDO LAS BASES GENERALES DE COORDINACION DE LAS FACULTADES CONCURRENTES ENTRE LA FEDERACION, ESTADOS, MUNICIPIOS Y EL DISTRITO FEDERAL, ASI COMO LA PARTICIPACION DE LOS SECTORES SOCIAL Y PRIVADO. 

XXIX-L. PARA EXPEDIR LEYES QUE ESTABLEZCAN LA CONCURRENCIA DEL GOBIERNO FEDERAL, DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y DE LOS MUNICIPIOS, EN EL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, EN MATERIA DE PESCA Y ACUACULTURA, ASI COMO LA PARTICIPACION DE LOS SECTORES SOCIAL Y PRIVADO, Y 

XXIX-M. PARA EXPEDIR LEYES EN MATERIA DE SEGURIDAD NACIONAL, ESTABLECIENDO LOS REQUISITOS Y LIMITES A LAS INVESTIGACIONES CORRESPONDIENTES. 

XXIX-N. PARA EXPEDIR LEYES EN MATERIA DE CONSTITUCION, ORGANIZACION, FUNCIONAMIENTO Y EXTINCION DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS. ESTAS LEYES ESTABLECERAN LAS BASES PARA LA CONCURRENCIA EN MATERIA DE FOMENTO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA ACTIVIDAD COOPERATIVA DE LA FEDERACION, ESTADOS Y MUNICIPIOS, ASI COMO DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS. 

XXIX-Ñ. PARA EXPEDIR LEYES QUE ESTABLEZCAN LAS BASES SOBRE LAS CUALES LA FEDERACION, LOS ESTADOS, LOS MUNICIPIOS Y EL DISTRITO FEDERAL COORDINARAN SUS ACCIONES EN MATERIA DE CULTURA, SALVO LO DISPUESTO EN LA FRACCION XXV DE ESTE ARTICULO. ASIMISMO, ESTABLECERAN LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LOS SECTORES SOCIAL Y PRIVADO, CON OBJETO DE CUMPLIR LOS FINES PREVISTOS EN EL PARRAFO NOVENO DEL ARTICULO 4o. DE ESTA CONSTITUCION. 

XXIX-O. PARA LEGISLAR EN MATERIA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES EN POSESION DE PARTICULARES. 

XXX. PARA EXPEDIR TODAS LAS LEYES QUE SEAN NECESARIAS, A OBJETO DE HACER EFECTIVAS LAS FACULTADES ANTERIORES, Y TODAS LAS OTRAS CONCEDIDAS POR ESTA CONSTITUCION A LOS PODERES DE LA UNION. 
20.             ¿Cuáles son las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados?
ARTICULO 74. SON FACULTADES EXCLUSIVAS DE LA CAMARA DE DIPUTADOS:
I. EXPEDIR EL BANDO SOLEMNE PARA DAR A CONOCER EN TODA LA REPUBLICA LA DECLARACION DE PRESIDENTE ELECTO QUE HUBIERE HECHO EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION; 

II. COORDINAR Y EVALUAR, SIN PERJUICIO DE SU AUTONOMIA TECNICA Y DE GESTION, EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION, EN LOS TERMINOS QUE DISPONGA LA LEY; 

IV. APROBAR ANUALMENTE EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION, PREVIO EXAMEN, DISCUSION Y, EN SU CASO, MODIFICACION DEL PROYECTO ENVIADO POR EL EJECUTIVO FEDERAL, UNA VEZ APROBADAS LAS CONTRIBUCIONES QUE, A SU JUICIO, DEBEN DECRETARSE PARA CUBRIRLO. ASIMISMO, PODRA AUTORIZAR EN DICHO PRESUPUESTO LAS EROGACIONES PLURIANUALES PARA AQUELLOS PROYECTOS DE INVERSION EN INFRAESTRUCTURA QUE SE DETERMINEN CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEY REGLAMENTARIA; LAS EROGACIONES CORRESPONDIENTES DEBERAN INCLUIRSE EN LOS SUBSECUENTES PRESUPUESTOS DE EGRESOS. 
EL EJECUTIVO FEDERAL HARA LLEGAR A LA CAMARA LA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS Y EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION A MAS TARDAR EL DIA 8 DEL MES DE SEPTIEMBRE, DEBIENDO COMPARECER EL SECRETARIO DE DESPACHO CORRESPONDIENTE A DAR CUENTA DE LOS MISMOS. LA CAMARA DE DIPUTADOS DEBERA APROBAR EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION A MAS TARDAR EL DIA 15 DEL MES DE NOVIEMBRE. 
CUANDO INICIE SU ENCARGO EN LA FECHA PREVISTA POR EL ARTICULO 83, EL EJECUTIVO FEDERAL HARA LLEGAR A LA CAMARA LA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS Y EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION A MAS TARDAR EL DIA 15 DEL MES DE DICIEMBRE. 
NO PODRA HABER OTRAS PARTIDAS SECRETAS, FUERA DE LAS QUE SE CONSIDEREN NECESARIAS, CON ESE CARACTER, EN EL MISMO PRESUPUESTO; LAS QUE EMPLEARAN LOS SECRETARIOS POR ACUERDO ESCRITO DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
SOLO SE PODRA AMPLIAR EL PLAZO DE PRESENTACION DE LA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS Y DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS, CUANDO MEDIE SOLICITUD DEL EJECUTIVO SUFICIENTEMENTE JUSTIFICADA A JUICIO DE LA CAMARA O DE LA COMISION PERMANENTE, DEBIENDO COMPARECER EN TODO CASO EL SECRETARIO DEL DESPACHO CORRESPONDIENTE A INFORMAR DE LAS RAZONES QUE LO MOTIVEN; 

V. DECLARAR SI HA O NO LUGAR A PROCEDER PENALMENTE CONTRA LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE HUBIEREN INCURRIDO EN DELITO EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 111 DE ESTA CONSTITUCION. 
CONOCER DE LAS IMPUTACIONES QUE SE HAGAN A LOS SERVIDORES PUBLICOS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 110 DE ESTA CONSTITUCION Y FUNGIR COMO ORGANO DE ACUSACION EN LOS JUICIOS POLITICOS QUE CONTRA ESTOS SE INSTAUREN. 

VI. REVISAR LA CUENTA PUBLICA DEL AÑO ANTERIOR, CON EL OBJETO DE EVALUAR LOS RESULTADOS DE LA GESTION FINANCIERA, COMPROBAR SI SE HA AJUSTADO A LOS CRITERIOS SEÑALADOS POR EL PRESUPUESTO Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS CONTENIDOS EN LOS PROGRAMAS.
LA REVISION DE LA CUENTA PUBLICA LA REALIZARA LA CAMARA DE DIPUTADOS A TRAVES DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION. SI DEL EXAMEN QUE ESTA REALICE APARECIERAN DISCREPANCIAS ENTRE LAS CANTIDADES CORRESPONDIENTES A LOS INGRESOS O A LOS EGRESOS, CON RELACION A LOS CONCEPTOS Y LAS PARTIDAS RESPECTIVAS O NO EXISTIERA EXACTITUD O JUSTIFICACION EN LOS INGRESOS OBTENIDOS O EN LOS GASTOS REALIZADOS, SE DETERMINARAN LAS RESPONSABILIDADES DE ACUERDO CON LA LEY. EN EL CASO DE LA REVISION SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS, DICHA ENTIDAD SOLO PODRA EMITIR LAS RECOMENDACIONES PARA LA MEJORA EN EL DESEMPEÑO DE LOS MISMOS, EN LOS TERMINOS DE LA LEY.
LA CUENTA PUBLICA DEL EJERCICIO FISCAL CORRESPONDIENTE DEBERA SER PRESENTADA A LA CAMARA DE DIPUTADOS A MAS TARDAR EL 30 DE ABRIL DEL AÑO SIGUIENTE. SOLO SE PODRA AMPLIAR EL PLAZO DE PRESENTACION EN LOS TERMINOS DE LA FRACCION IV, ULTIMO PARRAFO, DE ESTE ARTICULO; LA PRORROGA NO DEBERA EXCEDER DE 30 DIAS NATURALES Y, EN TAL SUPUESTO, LA ENTIDAD DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION CONTARA CON EL MISMO TIEMPO ADICIONAL PARA LA PRESENTACION DEL INFORME DEL RESULTADO DE LA REVISION DE LA CUENTA PUBLICA.
LA CAMARA CONCLUIRA LA REVISION DE LA CUENTA PUBLICA A MAS TARDAR EL 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO SIGUIENTE AL DE SU PRESENTACION, CON BASE EN EL ANALISIS DE SU CONTENIDO Y EN LAS CONCLUSIONES TECNICAS DEL INFORME DEL RESULTADO DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION, A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 79 DE ESTA CONSTITUCION, SIN MENOSCABO DE QUE EL TRAMITE DE LAS OBSERVACIONES, RECOMENDACIONES Y ACCIONES PROMOVIDAS POR LA ENTIDAD DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION, SEGUIRA SU CURSO EN TERMINOS DE LO DISPUESTO EN DICHO ARTICULO.
LA CAMARA DE DIPUTADOS EVALUARA EL DESEMPEÑO DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION Y AL EFECTO LE PODRA REQUERIR QUE LE INFORME SOBRE LA EVOLUCION DE SUS TRABAJOS DE FISCALIZACION; 

VIII. LAS DEMAS QUE LE CONFIERE EXPRESAMENTE ESTA CONSTITUCION. 
21.             ¿Cuáles son las facultades exclusivas de la Cámara de Senadores?
ARTICULO 76. SON FACULTADES EXCLUSIVAS DEL SENADO:
I. I. ANALIZAR LA POLITICA EXTERIOR DESARROLLADA POR EL EJECUTIVO FEDERAL CON BASE EN LOS INFORMES ANUALES QUE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL SECRETARIO DEL DESPACHO CORRESPONDIENTE RINDAN AL CONGRESO. 
ADEMAS, APROBAR LOS TRATADOS INTERNACIONALES Y CONVENCIONES DIPLOMATICAS QUE EL EJECUTIVO FEDERAL SUSCRIBA, ASI COMO SU DECISION DE TERMINAR, DENUNCIAR, SUSPENDER, MODIFICAR, ENMENDAR, RETIRAR RESERVAS Y FORMULAR DECLARACIONES INTERPRETATIVAS SOBRE LOS MISMOS; 

II. RATIFICAR LOS NOMBRAMIENTOS QUE EL MISMO FUNCIONARIO HAGA DEL PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, MINISTROS, AGENTES DIPLOMATICOS, CONSULES GENERALES, EMPLEADOS SUPERIORES DE HACIENDA, CORONELES Y DEMAS JEFES SUPERIORES DEL EJERCITO, ARMADA Y FUERZA AEREA NACIONALES, EN LOS TERMINOS QUE LA LEY DISPONGA; 

III. AUTORIZARLO TAMBIEN PARA QUE PUEDA PERMITIR LA SALIDA DE TROPAS NACIONALES FUERA DE LOS LIMITES DEL PAIS, EL PASO DE TROPAS EXTRANJERAS POR EL TERRITORIO NACIONAL Y LA ESTACION DE ESCUADRAS DE OTRA POTENCIA, POR MAS DE UN MES, EN AGUAS MEXICANAS; 

IV. DAR SU CONSENTIMIENTO PARA QUE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PUEDA DISPONER DE LA GUARDIA NACIONAL FUERA DE SUS RESPECTIVOS ESTADOS, FIJANDO LA FUERZA NECESARIA; 

V. DECLARAR, CUANDO HAYAN DESAPARECIDO TODOS LOS PODERES CONSTITUCIONALES DE UN ESTADO, QUE ES LLEGADO EL CASO DE NOMBRARLE UN GOBERNADOR PROVISIONAL, QUIEN CONVOCARA A ELECCIONES CONFORME A LAS LEYES CONSTITUCIONALES DEL MISMO ESTADO. EL NOMBRAMIENTO DE GOBERNADOR SE HARA POR EL SENADO A PROPUESTA EN TERNA DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON APROBACION DE LAS DOS TERCERAS PARTES DE LOS MIEMBROS PRESENTES, Y EN LOS RECESOS, POR LA COMISION PERMANENTE, CONFORME A LAS MISMAS REGLAS. EL FUNCIONARIO ASI NOMBRADO NO PODRA SER ELECTO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL EN LAS ELECCIONES QUE SE VERIFIQUEN EN VIRTUD DE LA CONVOCATORIA QUE EL EXPIDIERE. ESTA DISPOSICION REGIRA SIEMPRE QUE LAS CONSTITUCIONES DE LOS ESTADOS NO PREVEAN EL CASO; 

VI. RESOLVER LAS CUESTIONES POLITICAS QUE SURJAN ENTRE LOS PODERES DE UN ESTADO CUANDO ALGUNO DE ELLOS OCURRA CON ESE FIN AL SENADO, O CUANDO, CON MOTIVO DE DICHAS CUESTIONES, SE HAYA INTERRUMPIDO EL ORDEN CONSTITUCIONAL MEDIANDO UN CONFLICTO DE ARMAS. EN ESTE CASO EL SENADO DICTARA SU RESOLUCION, SUJETANDOSE A LA CONSTITUCION GENERAL DE LA REPUBLICA Y A LA DEL ESTADO. 

LA LEY REGLAMENTARA EL EJERCICIO DE ESTA FACULTAD Y EL DE LA ANTERIOR.
VII. ERIGIRSE EN JURADO DE SENTENCIA PARA CONOCER EN JUICIO POLITICO DE LAS FALTAS U OMISIONES QUE COMETAN LOS SERVIDORES PUBLICOS Y QUE REDUNDEN EN PERJUICIO DE LOS INTERESES PUBLICOS FUNDAMENTALES Y DE SU BUEN DESPACHO, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 110 DE ESTA CONSTITUCION. 

VIII. DESIGNAR A LOS MINISTROS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, DE ENTRE LA TERNA QUE SOMETA A SU CONSIDERACION EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, ASI COMO OTORGAR O NEGAR SU APROBACION A LAS SOLICITUDES DE LICENCIA O RENUNCIA DE LOS MISMOS, QUE LE SOMETA DICHO FUNCIONARIO; 

IX. NOMBRAR Y REMOVER AL JEFE DEL DISTRITO FEDERAL EN LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN ESTA CONSTITUCION; 

X. AUTORIZAR MEDIANTE DECRETO APROBADO POR EL VOTO DE LAS DOS TERCERAS PARTES DE LOS INDIVIDUOS PRESENTES, LOS CONVENIOS AMISTOSOS QUE SOBRE SUS RESPECTIVOS LIMITES CELEBREN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS; 

XI. RESOLVER DE MANERA DEFINITIVA LOS CONFLICTOS SOBRE LIMITES TERRITORIALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE ASI LO SOLICITEN, MEDIANTE DECRETO APROBADO POR EL VOTO DE LAS DOS TERCERAS PARTES DE LOS INDIVIDUOS PRESENTES; 

XII. LAS DEMAS QUE LA MISMA CONSTITUCION LE ATRIBUYA. 


22.             ¿Qué es y cómo se integra la Comisión Permanente?
ARTICULO 78. DURANTE LOS RECESOS DEL CONGRESO DE LA UNION HABRA UNA COMISION PERMANENTE COMPUESTA DE 37 MIEMBROS DE LOS QUE 19 SERAN DIPUTADOS Y 18 SENADORES, NOMBRADOS POR SUS RESPECTIVAS CAMARAS LA VISPERA DE LA CLAUSURA DE LOS PERIODOS ORDINARIOS DE SESIONES. PARA CADA TITULAR LAS CAMARAS NOMBRARAN, DE ENTRE SUS MIEMBROS EN EJERCICIO, UN SUSTITUTO. 
23.             ¿Cuáles son las facultades de la Comisión Permanente?
ARTICULO 78. LA COMISION PERMANENTE, ADEMAS DE LAS ATRIBUCIONES QUE EXPRESAMENTE LE CONFIERE ESTA CONSTITUCION, TENDRA LAS SIGUIENTES: 

I. PRESTAR SU CONSENTIMIENTO PARA EL USO DE LA GUARDIA NACIONAL EN LOS CASOS DE QUE HABLA EL ARTICULO 76 FRACCION IV; 

II. RECIBIR, EN SU CASO, LA PROTESTA DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA; 

III. RESOLVER LOS ASUNTOS DE SU COMPETENCIA; RECIBIR DURANTE EL RECESO DEL CONGRESO DE LA UNION LAS INICIATIVAS DE LEY Y PROPOSICIONES DIRIGIDAS A LAS CAMARAS Y TURNARLAS PARA DICTAMEN A LAS COMISIONES DE LA CAMARA A LA QUE VAYAN DIRIGIDAS, A FIN DE QUE SE DESPACHEN EN EL INMEDIATO PERIODO DE SESIONES; 

IV. ACORDAR POR SI O A PROPUESTA DEL EJECUTIVO, LA CONVOCATORIA DEL CONGRESO O DE UNA SOLA CAMARA A SESIONES EXTRAORDINARIAS, SIENDO NECESARIO EN AMBOS CASOS EL VOTO DE LAS DOS TERCERAS PARTES DE LOS INDIVIDUOS PRESENTES. LA CONVOCATORIA SEÑALARA EL OBJETO U OBJETOS DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS; 

V. OTORGAR O NEGAR SU RATIFICACION A LA DESIGNACION DEL PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, QUE LE SOMETA EL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL; 

VI. CONCEDER LICENCIA HASTA POR TREINTA DIAS AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y NOMBRAR EL INTERINO QUE SUPLA ESA FALTA; 

VII. RATIFICAR LOS NOMBRAMIENTOS QUE EL PRESIDENTE HAGA DE MINISTROS, AGENTES DIPLOMATICOS, CONSULES GENERALES, EMPLEADOS SUPERIORES DE HACIENDA, CORONELES Y DEMAS JEFES SUPERIORES DEL EJERCITO, ARMADA Y FUERZA AEREA NACIONALES, EN LOS TERMINOS QUE LA LEY DISPONGA, Y 

VIII. CONOCER Y RESOLVER SOBRE LAS SOLICITUDES DE LICENCIA QUE LE SEAN PRESENTADAS POR LOS LEGISLADORES. 
24.             ¿Cuándo sesiona el Congreso de manera conjunta y cuál es el quórum necesario para sesionar?
ARTICULO 5o. de la Ley Orgánica del Congreso (LOC)
1. El Congreso se reunirá en sesión conjunta de las Cámaras para tratar los asuntos que previenen los artículos 69, 84, 85, 86 y 87 de la Constitución, así como para celebrar sesiones solemnes.
2. Cuando el Congreso sesione conjuntamente lo hará en el recinto que ocupe la Cámara de Diputados y el Presidente de ésta lo será de aquél.

ARTICULO 8o. LOC
1. Para la realización de la sesión conjunta de las Cámaras, se requiere el quórum que para cada una de ellas se dispone en el primer párrafo del artículo 63 constitucional.

ARTICULO 63 de la Constitución.- LAS CAMARAS NO PUEDEN ABRIR SUS SESIONES NI EJERCER SU CARGO SIN LA CONCURRENCIA, EN CADA UNA DE ELLAS, DE MAS DE LA MITAD DEL NUMERO TOTAL DE SUS MIEMBROS; 
25.             ¿Qué es y cómo se integra la Mesa Directiva de cada una de las Cámaras Legislativas?
ARTICULO 17. LOC
1. La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados será electa por el Pleno; se integrará con un presidente, tres vicepresidentes y un secretario propuesto por cada Grupo Parlamentario, pudiendo optar éste último por no ejercer dicho derecho. Los integrantes de la Mesa Directiva durarán en sus funciones un año y podrán ser reelectos.

26.             ¿Qué son y cómo se integran los grupos parlamentarios?
ARTICULO 26. LOC
1. Conforme a lo dispuesto por el artículo 70 constitucional, el Grupo Parlamentario es el conjunto de diputados según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas en la Cámara.

2. El Grupo Parlamentario se integra por lo menos con cinco diputados y sólo podrá haber uno por cada partido político nacional que cuente con diputados en la Cámara.

27.             ¿Qué es y cómo se integra la Junta de Coordinación Política de cada una de las Cámaras Legislativas?
ARTICULO 31. LOC
1. La Junta de Coordinación Política se integra con los Coordinadores de cada Grupo Parlamentario.
2. La sesión de instalación de la Junta de Coordinación Política, será convocada por el Coordinador del Grupo Parlamentario que tenga el mayor número de diputados.
ARTICULO 33. LOC
1. La Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara; por tanto, es el órgano colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden.

28.             ¿Qué es y cómo se integra la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos?
ARTICULO 37. LOC
1. La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos se integra con el Presidente de la Cámara y los miembros de la Junta de Coordinación Política. A sus reuniones podrán ser convocados los Presidentes de comisiones, cuando exista un asunto de su competencia.
ARTICULO 38. LOC
1. La Conferencia tiene las siguientes atribuciones:
a) Establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones, teniendo como base las agendas presentadas por los grupos parlamentarios, el calendario para su desahogo, la integración básica del orden del día de cada sesión, así como las formas que seguirán los debates, las discusiones y deliberaciones;
b) Proponer al Pleno el proyecto de Estatuto que regirá la organización y funcionamiento de la Secretaría General, de las Secretarías de Servicios Parlamentarios y de Servicios
Administrativos y Financieros, y demás centros y unidades, así como lo relativo a los servicios de carrera, en los términos previstos en esta ley;
c) Impulsar el trabajo de las comisiones para la elaboración y el cumplimiento de los programaslegislativos;
d) Llevar al Pleno, para su aprobación, los nombramientos de Secretario General y de Contralor de la Cámara, en los términos que señala esta ley; y
e) Las demás que se derivan de esta ley y de los ordenamientos relativos.


29.             ¿Qué son las comisiones legislativas?
ARTICULO 39. LOC
1. Las Comisiones son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.


30.             ¿Qué es una comisión ordinaria?
ARTICULO 39. LOC
2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura

31.             ¿Cuáles son las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados?
ARTICULO 39. LOC

Las comisiones son las siguientes:

I. Agricultura y Ganadería;
II. Asuntos Indígenas;
III. Atención a Grupos Vulnerables;
IV. Ciencia y Tecnología;
V. Comunicaciones;
VI. Cultura;
VII. Defensa Nacional;
VIII. Derechos Humanos;
IX. Desarrollo Metropolitano;
X. Desarrollo Rural;
XI. Desarrollo Social;
XII. Economía;
XIII. Educación Pública y Servicios Educativos;
XIV. Energía;
XV. Equidad y Género;
XVI. Fomento Cooperativo y Economía Social;
XVII. Fortalecimiento al Federalismo;
XVIII. Función Pública;
XIX. Gobernación;
XX. Hacienda y Crédito Público;
XXI. Justicia;
XXII. Juventud y Deporte;
XXIII. Marina;
XXIV. Medio Ambiente y Recursos Naturales;
XXV. Participación Ciudadana;
XXVI. Pesca;
XXVII. Población, Fronteras y Asuntos Migratorios;
XXVIII. Presupuesto y Cuenta Pública;
XXIX. Puntos Constitucionales;
XXX. Radio, Televisión y Cinematografía;
XXXI. Recursos Hidráulicos;
XXXII. Reforma Agraria;
XXXIII. Relaciones Exteriores;
XXXIV. Salud;
XXXV. Seguridad Pública;
XXXVI. Seguridad Social;
XXXVII. Trabajo y Previsión Social;
XXXVIII. Transportes;
XXXIX. Turismo, y
XL. Vivienda.

32.             ¿Cuáles son las comisiones ordinarias del Senado?

ARTICULO 90. LOC
1. Las comisiones ordinarias serán las de:
I. Administración;
II. Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural;
III. Asuntos Indígenas;
IV. Biblioteca y Asuntos Editoriales;
V. Comercio y Fomento Industrial;
VI. Comunicaciones y Transportes;
VII. Defensa Nacional;
VIII. Derechos Humanos;
IX. Desarrollo Social;
X. Distrito Federal;
XI. Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;
XII. Energía;
XIII. Equidad y Género;
XIV. Estudios Legislativos;
XV. Federalismo y Desarrollo Municipal;
XVI. Gobernación;
XVII. Hacienda y Crédito Público;
XVIII. Jurisdiccional;
XIX. Justicia;
XX. Marina;
XXI. Medalla Belisario Domínguez;
XXII. Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca;
XXIII. Puntos Constitucionales;
XXIV. Reforma Agraria;
XXV. Reglamentos y Prácticas Parlamentarias;
XXVI. Relaciones Exteriores;
XXVII. Salud y Seguridad Social;
XXVIII. Seguridad Pública;
XXIX. Trabajo y Previsión Social, y
XXX. Turismo.

33.             ¿Qué es una comisión especial?

ARTICULO 42. LOC
1. El Pleno podrá acordar la constitución de comisiones especiales cuando se estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico. El acuerdo que las establezca señalará su objeto, el número de los integrantes que las conformarán y el plazo para efectuar las tareas que se les hayan encomendado. Cumplido su objeto se extinguirán. Cuando se haya agotado el objeto de una comisión especial o al final de la Legislatura, el Secretario General de la Cámara informará lo conducente a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, la cual hará la declaración de su extinción.

34.             ¿Qué es una comisión de investigación?

ARTICULO 41. LOC
1. Las comisiones de investigación se constituyen con carácter transitorio para el ejercicio de la facultad a que se refiere el párrafo tercero del artículo 93 constitucional.

ARTICULO 93.
 […]
LAS CAMARAS PODRAN REQUERIR INFORMACION O DOCUMENTACION A LOS TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DEL GOBIERNO FEDERAL, MEDIANTE PREGUNTA POR ESCRITO, LA CUAL DEBERA SER RESPONDIDA EN UN TERMINO NO MAYOR A 15 DIAS NATURALES A PARTIR DE SU RECEPCION. 

35.             ¿Qué es un comité?
ARTICULO 46. LOC
1. Los comités son órganos para auxiliar en actividades de la Cámara que se constituyen por disposición del Pleno, para realizar tareas diferentes a las de las comisiones. Tendrán la duración que señale el acuerdo de su creación.

36.             ¿Cuál es la función de la Secretaría General de las Cámaras Legislativas?
En los artículos 48 y 49 de la LOC se establecen las Secretarías generales de la cámara de diputados y en el 109 y 110 las del Senado.

ARTICULO 48.
1. La Secretaría General observa en su actuación las disposiciones de la Constitución, de esta ley y de los ordenamientos, políticas y lineamientos respectivos; y constituye el ámbito de coordinación y supervisión de los servicios de la Cámara de Diputados. La prestación de dichos servicios queda a cargo de la Secretaría de Servicios Parlamentarios y la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros.

ARTICULO 49.
1. La Secretaría de Servicios Parlamentarios se integra con funcionarios de carrera y confiere unidad de acción a los servicios siguientes:
a) Servicios de Asistencia Técnica a la Presidencia de la Mesa Directiva, que comprende los de: comunicaciones y correspondencia; turnos y control de documentos; certificación y
autentificación documental; instrumentos de identificación y diligencias relacionados con el fuero de los legisladores; registro biográfico de los integrantes de las legislaturas; y protocolo,
ceremonial y relaciones públicas;
b) Servicios de la Sesión, que comprende los de: preparación y desarrollo de los trabajos del Pleno; registro y seguimiento de las iniciativas o minutas de ley o de decreto; distribución en el Pleno de los documentos sujetos a su conocimiento; apoyo a los Secretarios para verificar el quórum de asistencia; cómputo y registro de las votaciones; información y estadística de las actividades del Pleno; elaboración, registro y publicación de las actas de las sesiones; y registro de leyes y resoluciones que adopte el Pleno;
c) Servicios de las Comisiones, que comprende los de: organización y asistencia a cada una de
ellas a través de su Secretario Técnico; registro de los integrantes de las mismas; seguimiento e información sobre el estado que guardan los asuntos turnados a Comisiones; y registro y
elaboración del acta de sus reuniones;
d) Servicios del Diario de los Debates, que comprende los de: elaboración integral de la Versión Estenográfica; del Diario de los Debates; y de la Gaceta Parlamentaria;
e) Servicios del Archivo, que comprende los de: formación, clasificación y custodia de expedientes del Pleno y las Comisiones; y desahogo de las consultas y apoyo documental a los órganos de la Cámara y a los legisladores; y
f) Servicios de Bibliotecas, que comprende los de: acervo de libros; hemeroteca; videoteca;
multimedia; museografía; e informática parlamentaria.
2. Cada uno de los Servicios establecidos en el párrafo anterior se constituye en una Dirección, la cual se estructura con las oficinas que se requieran, conforme a lo que se disponga en el Estatuto.
3. La Cámara contará también, en el ámbito de la Secretaría General y adscritos a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, con los centros de estudios de las finanzas públicas; de estudios de derecho e investigaciones parlamentarias; de estudios sociales y de opinión pública; de estudios para el desarrollo rural sustentable y la soberanía alimentaria, y de estudios para el adelanto de las mujeres y la equidad degénero.


ARTICULO 109.
1. La Secretaría General de Servicios Parlamentarios tendrá las funciones siguientes:
a) Asistir a la Mesa Directiva durante el desarrollo de las sesiones del Pleno;
b) Recibir los documentos oficiales y de los particulares dirigidos a la Cámara, remitirlos desde luego a la Mesa Directiva y llevar un control de registro de los mismos;
c) Asistir a los Secretarios de la Cámara en la recepción de las votaciones del Pleno;
d) Auxiliar al Presidente de la Junta de Coordinación Política en la elaboración del programa legislativo a desarrollar durante cada periodo de sesiones;
e) Abrir, integrar y actualizar los expedientes de los asuntos recibidos por la Cámara y supervisar el correcto manejo del libro de leyes y decretos;
f) Llevar un registro de las resoluciones, acuerdos y dictámenes emitidos por la Mesa Directiva y las Comisiones de la Cámara, y garantizar su publicación en el Diario de los Debates o en los medios autorizados;
 g) Desahogar las consultas de carácter técnico-jurídico que le formulen las comisiones, respecto a las iniciativas de ley o decreto que estén en proceso de Dictamen, con el apoyo de la unidad especializada correspondiente; y
h) Las demás que se deriven de esta Ley, del Reglamento, y de los acuerdos de la Mesa Directiva de la Cámara.

ARTICULO 110.
1. La Secretaría General de Servicios Administrativos tiene a su cargo las siguientes atribuciones:
a) Encabezar y dirigir los servicios administrativos, a fin de que éstos se desempeñen con eficacia;
b) Conducir las relaciones de trabajo establecidas con el personal de base de la Cámara; y
c) Administrar los recursos humanos y materiales, así como los servicios generales, de informática, jurídicos y de seguridad de la Cámara.


37.             ¿Cuál es el nombre de la entidad de fiscalización federal y cuál es su naturaleza?

Artículo 2 de la Ley de Fiscalización Superior (LFS).- Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:

[…]

III. Auditoría Superior de la Federación: La Entidad de Fiscalización Superior de la Federación;
Artículo 1 LFS.- La presente Ley es de orden público y tiene por objeto regular la revisión de la Cuenta Pública y su Fiscalización Superior.


38.             ¿Qué tareas tiene a su cargo dicha entidad?

Artículo 3 LFS.- La revisión de la Cuenta Pública, está a cargo de la Cámara, la cual se apoya para tales efectos, en la Auditoría Superior de la Federación, misma que tiene a su cargo la fiscalización superior de la propia Cuenta Pública y goza de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Artículo 4 LFS.- Son sujetos de fiscalización superior, los Poderes de la Unión, los entes públicos federales y las demás entidades fiscalizadas.

Artículo 5 LFS.- La fiscalización superior que realice la Auditoría Superior de la Federación se ejerce de manera posterior a la gestión financiera, tiene carácter externo y por lo tanto se lleva a cabo de manera independiente y autónoma de cualquier otra forma de control o fiscalización interna de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales.

Artículo 6 LFS.- A falta de disposición expresa en la ley, se aplicarán en forma supletoria y en loconducente, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; el Código Fiscal de la Federación; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como las disposiciones relativas del Derecho Común, substantivo y procesal.


39.             ¿Cómo se designa a su titular, por cuánto tiempo y cuál es el procedimiento para su remoción?
Artículo 68 LSF.- Al frente de la Auditoría Superior de la Federación habrá un Auditor Superior de la Federación designado conforme a lo previsto por el párrafo tercero del artículo 79 de la Constitución  Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara.

ARTICULO 79. –

[…]
LA CAMARA DE DIPUTADOS DESIGNARA AL TITULAR DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACION POR EL VOTO DE LAS DOS TERCERAS PARTES DE SUS MIEMBROS PRESENTES. LA LEY DETERMINARA EL PROCEDIMIENTO PARA SU DESIGNACION. DICHO TITULAR DURARA EN SU ENCARGO OCHO AÑOS Y PODRA SER NOMBRADO NUEVAMENTE POR UNA SOLA VEZ. PODRA SER REMOVIDO, EXCLUSIVAMENTE, POR LAS CAUSAS GRAVES QUE LA LEY SEÑALE, CON LA MISMA VOTACION REQUERIDA PARA SU NOMBRAMIENTO, O POR LAS CAUSAS Y CONFORME A LOS PROCEDIMIENTOS PREVISTOS EN EL TITULO CUARTO DE ESTA CONSTITUCION. 


Artículo 69 LSF.- La designación del Auditor Superior de la Federación se sujetará al procedimiento siguiente:
I. La Comisión formulará la convocatoria pública correspondiente, a efecto de recibir durante un periodo de diez días contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, las solicitudes para ocupar el puesto de Auditor Superior de la Federación;
II. Concluido el plazo anterior y recibidas las solicitudes con los requisitos y documentos que señale la convocatoria, la Comisión, dentro de los cinco días siguientes, procederá a la revisión y análisis de las mismas;
III. Del análisis de las solicitudes los integrantes de la Comisión entrevistarán por separado para la evaluación respectiva y dentro de los cinco días siguientes, a los candidatos que, a su juicio, considere idóneos para la conformación de una terna;
IV. Conformada la terna, en un plazo que no deberá exceder de tres días, la Comisión formulará su dictamen, a fin de proponer al Pleno los tres candidatos, para que éste proceda, en los términos del artículo anterior, a la designación del Auditor Superior de la Federación, y
V. La persona designada para ocupar el cargo, protestará ante el Pleno de la Cámara.

Artículo 70 LSF.- En caso de que ningún candidato de la terna propuesta en el dictamen para ocupar el cargo de Auditor Superior de la Federación, haya obtenido la votación de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, se volverá a someter una nueva propuesta en los términos del artículo anterior. Ningún candidato propuesto en el dictamen rechazado por el Pleno podrá participar de nueva cuenta en el proceso de selección.

Artículo 71 LSF.- El Auditor Superior de la Federación durará en el encargo ocho años y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez. Podrá ser removido por la Cámara por las causas graves a que se refiere el artículo 81 de esta Ley, con la misma votación requerida para su nombramiento, así como por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Si esta situación se presenta estando en receso la Cámara de Diputados, la Comisión Permanente podrá convocar a un periodo extraordinario para que resuelva en torno a dicha remoción.